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martes, 2 de julio de 2019

Con ponencia de la consejera Nubia Margoth Peña, la Sección Primera del Consejo de Estado dejó sin efecto la providencia

En el fallo de 111 páginas, se lee que la decisión de la Sección Quinta “es contraria a las garantías que conforman el debido proceso, especialmente, el principio non bis in idem”. Esta locución latina hace referencia a que ningún ciudadano podrá ser procesado ni sancionado más de una vez por el mismo hecho.

Es de recordar que Mockus presentó una tutela tras la decisión que anuló su elección y ordenó la cancelación de su credencial como congresista. Ese fallo se dio por la demanda de un grupo de ciudadanos que expusieron que el exalcalde de Bogotá estaba inhabilitado ya que, según el texto, había celebrado unos contratos con Corpovisionarios.

La primera petición de esta naturaleza la hicieron ante el Consejo Nacional Electoral, órgano que desestimó esas pretensiones y tras resolver el lío jurídico emitió la resolución 1596 de 2018 declarando la elección como senador de Mockus Sivickas.

Pero esa misma decisión también fue demandada y fue así como llegó a la Sección Quinta. Este recurso fue interpuesto, entre otros, por el partido Opción Ciudadana y Manuel José Abuchaibe, quien, paralelamente, junto con otras personas promovió la pérdida de investidura insistiendo en la tesis de que Mockus estaba inhabilitado para ser congresista “por haber intervenido en la gestión de negocios ante entidades públicas y en la celebración de contratos dentro de los seis meses anteriores a la fecha de la elección”.

Pero esta petición fue negada por la Sala Primera Especial de decisión de pérdida de investidura con providencia del 19 de febrero pasado.

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