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  • José David Castilla

miércoles, 17 de octubre de 2018

Expertos consideran que este fallo produjo un choque de trenes con la Corte Constitucional

El Consejo de Estado le dio un nuevo alcance a las consultas populares para frenar proyectos mineros y de explotación de hidrocarburos. Para el máximo órgano de lo contencioso administrativo las autoridades locales y nacionales tienen plena competencia para conocer de asuntos mineros, ambientales y energéticos. Por otra parte, esta corporación asegura que las consultas posibilitan el derecho a la participación ciudadana.

Frente al evento en el cual las autoridades locales y nacionales no logren un consenso frente a la viabilidad de un proyecto mineroenergético, primará la competencia que tienen las autoridades municipales para determinar la posibilidad de implementar el proyecto. Es en este punto, donde las consultas populares jugarían un papel fundamental, porque serían la voz de la ciudadanía municipal la que otorgaría legitimidad de los proyectos que se establezcan en sus territorios.

Esta decisión se tomó en el marco de un recurso de apelación que se presentó contra el Tribunal Administrativo de Antioquia. En la sentencia apelada, los funcionarios judiciales habían anulado el Acuerdo del Concejo Municipal de Urrao, con el que se prohibió el desarrollo de actividades mineras en ese municipio. Según el máximo tribunal de esta jurisdicción, no existían motivos para anular este acuerdo municipal, dentro del fallo reseñado se adujo que "Los municipios pueden prohibir la actividad minero-energética en sus territorios en ejercicio de sus competencias de protección del medio ambiente y reglamentación del uso del suelo".

Bajo el análisis de los últimos pronunciamientos jurisprudenciales, esta decisión que adoptó el Consejo de Estado iría en contravía de la última sentencia de la Corte Constitucional en la que se limitaron los alcances de las consultas populares frente a la prohibición de proyectos mineroenergéticos.

En la sentencia de la Corte Constitucional, se estableció que las consultas mineras no podían frenar proyectos de exploración y explotación de recursos mineros en los territorios. El máximo tribunal aseguró que las potestades que tiene el Estado como dueño del subsuelo de la nación le permiten imponerse frente a los intereses regionales y municipales. Algo que no compagina con esta nueva decisión del Consejo de Estado. ¿Estaremos ante un nuevo choque de trenes jurisdiccional?

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