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  • Jorge Enrique Vélez García

lunes, 8 de julio de 2013

¿Un trabajador debe afiliar como persona a cargo a un menor del cual tiene custodia para ser beneficiario del subsidio familiar?

La interpretación del Artículo 27 de la Ley 21 de 1982, debe como en efecto lo ha hecho la Corte Constitucional, hacerse en consonancia con los alcances jurídicos que tienen los principios de Prevalencia de los Derechos del Niño, Interés Superior del Menor e Igualdad de los Hijos, en consecuencia podemos concluir que, si el trabajador cumple los requisitos establecidos en el Artículo 3 de la ley 789 de 2002, Régimen del subsidio familiar en dinero, el menor como persona a cargo del beneficiario de la prestación social causa el derecho al subsidio familiar en dinero o cuota monetaria si cumple con los requisitos legales. Normas Aplicables: Constitución Política de Colombia: “…Artículo 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados. El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.”
 
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