26 de julio de 2024
Suscribirse


26 de julio de 2024
Suscribirse
Actualidad

Consultorio penal

10 de septiembre de 2012

Norberto Hernández


Asuntos Legales
Canal de noticias de Asuntos Legales

¿Cuál ha sido el aporte de la Ley 1482 respecto a los crímenes de odio?

En nuestra columna pasada explicábamos que esta clase de delitos son motivados por el prejuicio en razón del sexo, la orientación sexual, la raza, la religión, la etnia, la diversidad funcional, etc., y que el art. 58-3 del Cod. Penal consagra estos móviles como circunstancia de mayor punibilidad (inaplicable en la práctica judicial). Ahora bien, acorde con un fetichismo legal -vigente desde la expedición del Código de Napoleón (que tras hacer escala en Chile fue adoptado como Código Civil colombiano)-, inspirado en la creencia que la expedición de leyes es la solución a todos los problemas de la sociedad, el legislador del año 2011 expidió la Ley 1482 con el fin de garantizar la protección de los derechos de una persona, grupo de personas, comunidad o pueblo, que son vulnerados a través de actos de racismo o discriminación. Se incluyeron así dos nuevos delitos al Código de las penas (arts. 134A y 134B) que reprochan, en su orden: (i) los actos de racismo y discriminación y (ii) el hostigamiento. El primero consiste en la imposición de obstáculos para el libre ejercicio de los derechos de los integrantes de estos grupos de personas, contemplando una pena que va de 12 a 36 meses de prisión y multa de 10 a 15 S.M.L.M.V. La misma pena fue consagrada para el delito de hostigamiento que reprime todo acto orientado a causarle daños a estas personas.

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA