Corte dijo que exhibir crucifijos en despachos judiciales requiere justificación secular
La Corporación precisó que, per se, no está prohibida la exposición de símbolos siempre que se justifique ese proceder, en los términos de la jurisprudencia
11 de noviembre de 2025
La Corte Constitucional declaró que la presencia de un crucifijo en el recinto donde delibera su Sala Plena, entre 1999 y 2024, fue contraria a los principios de laicidad y neutralidad religiosa que rigen al Estado colombiano. Según la sentencia SU-454 de 2025, el alto tribunal determinó que no existió una razón secular suficiente que justificara su exhibición.
El alto tribunal recordó que la exposición de símbolos religiosos no está prohibida en las entidades públicas, pero advirtió que estos solo pueden mantenerse si responden a un motivo importante, verificable, consistente y suficiente de carácter no confesional. En este caso, la Corte concluyó que la permanencia del crucifijo no cumplió con esos criterios.
La decisión se tomó pese a que el hecho fue considerado superado, luego de que en junio de 2024 el entonces presidente de la Corte, José Fernando Reyes Cuartas, entregó el crucifijo a la Arquidiócesis de Bogotá. Sin embargo, el tribunal decidió pronunciarse de fondo por la relevancia del debate y la necesidad de precisar el alcance del principio de laicidad.
En su análisis, la Corte explicó que la laicidad del Estado garantiza la libertad de conciencia, de religión y de cultos, y que estas libertades solo se protegen plenamente cuando las autoridades mantienen una posición neutral frente a todas las creencias y sistemas morales. El tribunal recalcó que el Estado no debe promover ni excluir ninguna religión, sino garantizar igualdad de trato a todas las manifestaciones, incluidas las no religiosas.
La Corte invitó a los jueces y tribunales del país a abstenerse de ubicar símbolos religiosos en sus despachos sin una justificación secular clara, recordando que la neutralidad estatal implica reconocer en igualdad de condiciones todos los sistemas morales, religiosos o no, en una sociedad plural.
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