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  • Paulo Andrés Durán G.

sábado, 27 de junio de 2015

A dicha solicitud, en la clase 43 de la Clasificación Internacional de Niza, se opuso una compañía de peso en el país. Se trata de Crepes & Waffles, que tiene registrada ante el ente de control, el signo Arte-Sano.

Ante la Dirección de Signos Distintivos y alegó la similitud que tenía la marca requerida con su signo.

La Dirección, tras analizar en conjunto las marcas, consideró que al haber posibilidad de confusión o asociación en los consumidores era mejor evitar el registro. Así las cosas avaló la oposición de Crepes y Waffles.

No conforme con la resolución, la solicitante llevó el asunto ante el Despacho del Superintendente Delegado para exigir una nueva revisión del caso.

En el recurso de apelación, expresó que no comprende porqué por tener el término Artesanos se le negó el registro de la marca cuando dicho vocablo hace parte de varios signos registrados por otras personas.

Es el caso de la marca Alimentos Pasapalos para Compartir “Artesanos Amigos”, registrada por la sociedad Assul Inversiones y La Molienda para el Café, Artesanos del Café, a nombre de Diana Luca Arias. Con lo anterior, la solicitante quiso mostrar que no se puede negar una marca pues Artesanos  es de uso común, acción que la convierte en un signo débil.

Por otro lado, la aspirante, requirió una aplicación imparcial de la ley pues “no puede ser que frente a una misma situación jurídica la entidad tome criterios diferentes para favorecer o desfavorecer a determinadas personas y menos aún negar el registro de una marca”.

Tras revisar el caso, Carlos Andrés Suárez Botero, abogado senior de Philippi, Prietocarrizosa &Uría, señaló que la SIC evitó el registro de la marca “porque le dio preponderancia a las evidentes semejanzas de orden semántico que existen entre la marca registrada “Arte-Sano” y el signo solicitado “Artesanos Gourmet”.

Sin embargo, para Botero lo anterior no impide tener en cuenta “que el contexto ideológico de la expresión Arte- Sano presupone un significado diferente al de artesano, justamente por la forma en que el primero se usa y por el doble sentido implícito que se infiere por la disposición de los vocablos arte y sano”. 

Esta situación que hizo pensar al abogado que eventualmente podría haber diferencias entre los signos en pugna.

Pese a los argumentos opositores de la solicitante, el Despacho ratificó la decisión de la Dirección, pues para el ente  había semejanzas que harían que los consumidores confundieran o asociaran las marcas.

Antecedentes
La suerte siempre no ha sido la misma para Crepes & Waffles.

En 2010, la Superindustria le negó el registro del signo Crazy Waffles para distinguir productos comprendidos en clase 30 de Niza. Consideró, en ese entonces, que la marca solicitada se podía confundir con Crazy Crepes, nombre que tiene vigencia hasta 2017 y pese a que la entidad llevó el caso a segunda instancia no pudo conseguir el aval de la marca.

Las opiniones

Camilo Andrés Suárez Botero
Abogado de Philippi, Prietocarrizosa &Uría

“Las variaciones de orden conceptual de la marca Arte-Sano eventualmente podrían implicar la existencia de diferencias entre los signos en pugna, más allá de la conexión competitiva que persiste”.

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