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Hacienda

De las 920 notarías que existen, 496 reciben subsidio de entre $7,2 y $13,2 millones

Para recibir el subsidio, el límite promedio mensual por escrituración debe menor o igual a 20 mínimos, que equivalen a unos $26 millones.

09 de junio de 2025

Juan Diego Murcia

jmurcia@larepublica.com.co

La radiografía del subsidio a las notarías
Gráfico LR
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Uno de los lugares más importantes para los procesos civiles y la autenticación y registro de documentos legales son las notarías. Estas oficinas son el epicentro de todo ciudadano que requiere acreditar desde escrituras hasta pagarés.

En Colombia existen 920 notarías distribuidas en los 32 departamentos. Los círculos notariales corresponden al territorio de uno o más municipios del mismo departamento y las notaría se ubican en uno de los municipios que se defina como cabecera del círculo, al momento de crear la notaría. En total hay 585 círculos compuestos de notarías únicas en el país.

Pero no todas las notarías tienen “ingresos suficientes”, por lo que el consejo asesor del Fondo Cuenta Especial de Notariado aprueba cada año la política de subsidios para las oficinas que no logran los recursos necesarios. En total, de las 920 notarías, 496 son subsidiadas.

“La prestación del servicio notarial no es autosostenible en todos los municipios del país; es decir, que el volumen de los asuntos que conocen los notarios no permite obtener la remuneración suficiente para atender los gastos de arrendamiento de local, servicios públicos, pago de trabajadores y los demás emolumentos. A través de un fondo especial conformado por recursos aportados por los mismos notarios, se les otorga a algunos de ellos un subsidio que puede variar en cada caso, para que garanticen el servicio a los habitantes”, explicó Javier Alberto Cárdenas Guzmán, profesional especializado de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial.

Este año el subsidio subió 3,50%, pero son dos los criterios que se requieren para poder recibir esos recursos como una notaría de ingresos insuficientes.

El primero de ellos es que el límite promedio mensual por escrituración sea menor o igual a 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes, que equivalen a unos $26 millones. El segundo es que la escrituración sea igual o inferior a 1.485 escrituras anuales, excluyendo las generadas por Vivienda de Interés Social, Vivienda de Interés Prioritario y Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores.

La radiografía del subsidio a las notarías
Gráfico LR

¿De cuánto es el subsidio?

Depende de los ingresos de la notaría. Aquellas que se ubiquen en el rango I reciben entre 0 y 5 salarios mínimos mensuales legales vigentes; en el rango II están aquellas entre 5,01 y 9 smmlv; el rango III incluye a las notarías con ingresos entre 9,01 y 14 smmlv; y el rango IV obedece a aquellas con ingresos entre 14,01 y 20 smmlv.

En el caso de las notarías rango I, el subsidio será de poco más de $13,2 millones; para el rango II los recursos equivalen a más de $10,9 millones; el rango III recibe alrededor de $9,3 millones; y el rango IV unos $7,2 millones.

Héctor Adolfo Sintura, notario 3 de Bogotá, explicó que el subsidio se da por la necesidad de prestar el servicio en todo el territorio nacional y por tratarse de un servicio público esencial. “Hay muchos lugares del país sobre todo en territorios distantes a las capitales que no tienen ingresos suficientes para subsistir por lo que se les otorga un subsidio que vale la pena aclarar que no se paga con recursos del Presupuesto General de la Nación sino de los notarios esencialmente; es decir, este funcionamiento de estas notarías no tienen impacto presupuestal para el Estado”, dijo.

No son personas jurídicas

Las notarías no tienen persona jurídica, sino que se trata del notario como persona natural.
“Esto se debe a que la notaría es el lugar donde se presta el servicio. En realidad, es el notario como particular que ejerce una función pública de dar fe notarial y como titular de derechos y obligaciones, el responsable de garantizar la prestación del servicio y, por tanto, deberá encargarse de todos los gastos que acarrea la prestación del servicio”, explicó Cárdenas Guzmán.

Desde la Superintendencia de Notariado explicaron a LR que el artículo 583 del Estatuto Tributario impone la reserva tributaria sobre las bases gravables y la determinación privada de los impuestos que figuran en los informes estadísticos notariales.

En otras palabras, una vez se reporten los gastos y demás costos de la oficina, en el ejercicio interno de contabilidad que haga el notario como particular en desarrollo de funciones públicas, podrá determinar de manera mensual la remuneración que le corresponde. “La SNR no determina ganancias, ni obtiene reporte alguno por este concepto desde las Notarías”, dijo.

¿Cómo se escoge un notario?

La regla general es el concurso de méritos, es decir, una convocatoria pública adelantada por el Consejo Superior de la Carrera Notarial en la que se invita a todas las personas interesadas en acceder a la carrera notarial. Ello garantiza que solo los mejores candidatos que acrediten el cumplimiento de los requisitos mínimos y superen todas las etapas del concurso tales como el análisis de mérito y antecedentes, la prueba de conocimientos y la entrevista sean incluidos en una lista de elegibles.

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