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sábado, 5 de marzo de 2022

Los artistas y las personalidades públicas pueden proteger su nombre registrándolo ante la Superintendencia de Industria y Comercio

Tanto empresas como personas pueden registrar marcas a su nombre ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). De hecho, es una práctica común en la comunidad de artistas y personalidades públicas, quienes hacen esto para proteger su marca personal ante posibles copias o aprovechamiento de su nombre.

Según la base de datos de la SIC, en 2021 se registraron las marcas de distintas personalidades colombianas. Una de ellas fue la del ciclista Egan Bernal, ganador del Tour de Francia en 2019, quien radicó su solicitud en junio y en octubre su nombre se convirtió en una marca protegida.

Su apoderado, Luis Fernando Patrón, abogado en Cárdenas Vega, explicó que la intención de Bernal al registrar su marca es que “no lanzaran bicicletas o accesorios deportivos a su nombre sin su permiso”.

De hecho, fue registrado en varias clases, como la 12, que denota bicicletas de deporte, o la 25, que se refiere a ropa deportiva. Sin embargo, la clase más común a la que se registran las personalidades públicas es la 41, que recoge, entre otras categorías, los “servicios de entretenimiento y actividades deportivas y culturales”.

Este es el caso de artistas urbanas como Karol G y Greeicy, quienes también registraron su nombre como marca en 2021 con una vigencia de 10 años, es decir, hasta 2031. Este mismo caso se repite para los nuevos reggaetoneros Ryan Castro y Blessd.

Para Eduardo Varela, socio de Cavelier Abogados, esta acción es común para los artistas que ganan reconocimiento nacional e internacionalmente. “Es un paso adicional que da el artista para proteger su nombre, de tal manera que ninguna persona pueda utilizar su nombre con fines comerciales de manera ilegítima”, explicó.

Esta no es una práctica nueva. Otras personalidades que llevan años en el ojo público también decidieron, en algún momento de su carrera, proteger su nombre registrándolo ante la SIC. Este es el caso de cantantes como Shakira o Paola Jara, quienes perderán la vigencia de su marca el próximo año, en 2023. Este plazo también se cumple para los futbolistas James Rodríguez y Radamel Falcao García.

LOS CONTRASTES

  • Luis Fernando PatrónAbogado de Cárdenas Vega

    “Se trata de una práctica común entre artistas, personajes famosos, influencers y deportistas, para proteger sus marcas y para que nadie se copie de sus nombres ni se aprovechen de manera ilegítima”.

  • Eduardo VarelaSocio de Cavelier Abogados

    “Hay muchos casos en los que, cuando un artista no es tan famoso, la SIC no se da cuenta de que hay marcas que están afectando su nombre. Por eso funciona el proceso de oposición marcaria”.

Patrón aseguró que, en estos casos, el proceso de renovación comienza, al menos, seis meses antes del vencimiento. “Si una marca se vence a inicios de 2023, a mediados de 2022 se debe solicitar la renovación”, señaló. Sin embargo, existe un ‘periodo de gracia’ de otros seis meses, una vez la marca haya vencido, para renovar su vigencia. La penalización por la demora es que hay que pagar una tasa más costosa.

Cabe recordar, además, que la jurisdicción de las marcas registradas ante la SIC es, principalmente, nacional.

No obstante, gracias al Protocolo de Madrid, tratado que firmó Colombia en 2012, las personas pueden adquirir una marca internacional, que estaría protegida en los más de 80 países miembro del acuerdo.

Varela recalcó que hay que diferenciar la competencia de la SIC y de la Dirección Nacional de Derechos de Autor; esta última sirve para proteger la creación de los artistas, sea una canción o su arte.

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