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Laboral

El aumento de 23% en el salario mínimo está matando la remuneración integral

La remuneración se elevó hasta $22,7 millones para este año, casi cinco veces más que el histórico promedio de alza

23 de enero de 2026

Lucas Martínez


Salario integral
Gráfico LR
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Con el aumento del salario mínimo para este año de 23% también se puso sobre la mesa la discusión sobre qué tan rentable sigue siendo el salario integral para empresas y colaboradores, y si incluso podría causar su extinción.

Se trata de una forma de pago creada por la Ley 50 de 1990 en la que el empleador y el trabajador acuerdan un salario mensual que incluye por adelantado todas las prestaciones y recargos como lo son el horario nocturno, las horas extra, los festivos, las primas y las cesantías.

El artículo 132 del Código Sustantivo del Trabajo explica que“en ningún caso el salario integral podrá ser inferior al monto de 10 salarios mínimos legales mensuales, más el factor prestacional correspondiente a la empresa que no podrá ser inferior a 30% de dicha cuantía. El monto del factor prestacional quedará exento del pago de retención en la fuente y de impuestos”. Esto quiere decir que con el aumento de 23% decretado por el Gobierno de Gustavo Petro a final del año pasado, con el cual el salario mínimo quedaba en $1.750.905 sin auxilio de transporte, y a su vez el salario integral llegaría a $22.761.765.

Salario integral
Gráfico LR

Camilo Cuervo, abogado laboral y socio en Holland & Knight, señaló que cuando una persona tiene un salario mínimo integral, “está supeditado al vaivén de los incrementos que decreta el Gobierno nacional y ya hemos tenido, no solamente en el gobierno de Petro, sino en otros años, incrementos que han superado mucho lo que es una expectativa de ajuste normal en la mecánica normal de los salarios de una organización”.

Lo que quiere decir que este tipo de salario serían considerados como de poco control debido a que no se ajusta al igual que la mayoría de salarios que se mueven generalmente con el incremento del Índice de Precios al Consumidor. “Además genera inequidad en la estructura de costos de la compañía. Porque habrá personas de altos recursos que van a tener incrementos automáticos en este caso de 23%, mientras que el resto de la estructura, salvo los salarios mínimos, van a tener incrementos eventualmente mucho menores”, añadió Cuervo.

LOS CONTRASTES

  • Camilo Cuervo Abogado laboral y socio en Holland & Knight

    “La conclusión es que fruto de estos incrementos desmesurados del mínimo, que además no tienen ningún fundamento, lo que puede estar pasando en la práctica es que se acabó el salario mínimo integral”.

  • Fabio Castro Director de Cafore Abogados

    “Desde una perspectiva jurídica, el incremento del salario mínimo no solo impacta el valor de la nómina, sino que genera un efecto dominó sobre todas las obligaciones laborales asociadas”.

Entre otros riesgos, Fabio Castro, director de Cafore Abogados, indicó que “el incremento del salario mínimo no solo impacta el valor de la nómina, sino que genera un efecto dominó sobre todas las obligaciones laborales asociadas”. Por su parte, Cuervo explicó que lo que puede terminar pasando es que, por culpa del incremento en el mínimo, es que se termine “acabando” el salario integral, o que por lo menos sea menor la cantidad de personas que lo tengan.

“Se pierde un control que antes era relativamente sencillo sobre un tema en donde por vía del salario mínimo ya no hay control sobre el incremento y hace inequitativo ese incremento respecto del resto de las escalas”, mencionó el socio en Holland & Knight.

Lo clave del integral

En el salario integral no se incluyen las vacaciones debido a que el derecho al descanso remunerado debe pagarse de manera independiente cuando el trabajador las disfrute.

En el integral tampoco se comprende los aportes a la seguridad social ni los parafiscales, los cuales la empresa está obligada a seguir realizando a salud, pensión y riesgos laborales, calculados sobre 70% del salario correspondiente al factor salarial. El salario integral no aplica para todos los trabajadores, sino que este es aplicable en aquellos que ganan más de 13 salarios mínimos legales mensuales vigentes y, por lo tanto, es personal con alta responsabilidad en la empresa.

Asimismo, esta modalidad no es automática ni impositiva. Es decir, para que tenga validez legal, esta debe quedar estipulada por escrito en el contrato de trabajo, donde ambas partes acuerden que el pago incluirá anticipadamente el factor prestacional.

Cuervo agregó que antes del incremento de 23%, el salario integral era muy beneficioso para la empresa debido a que, entre otras cosas, reducía aportes a la seguridad social y facilitaba la administración en temas de nómina. Además mencionó que era más atractivo para el trabajador ya que, aunque no recibía prima ni cesantías, tenía un mayor flujo de caja.

“Con lo que pasó con el salario mínimo, se presenta una disyuntiva muy compleja, y es que esas personas están evolucionando salarialmente a un ritmo mucho mayor, en este caso hasta cinco veces más mayor que lo que evolucionó el resto de la escala”, apuntó Cuervo.

La discusión del salario mínimo se ha mantenido viva desde que este fue decretado. Con el aumento que incluso estaba por encima de la propuesta de las centrales obreras, los gremios, comercios y en general empleadores han llamado la atención para que este sea revisado debido a que según los cálculos que ellos han hecho se incrementaría la inflación y también la informalidad. El decreto ya cuenta con varias tutelas para que sea revisado.

 

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