Colprensa

Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

viernes, 22 de enero de 2021

Un fallo del Consejo de Estado ordenó a la Fundación Carnaval de Barranquilla restituir el manejo de este tipo de actividades

La entidad privada Fundación Carnaval de Barranquilla deberá restituir el manejo de las actividades de esa festividad a la sociedad Carnaval de Barranquilla, que es un organismo con participación estatal, según lo decidió un fallo del Consejo de Estado.

Lea el fallo completo la final de la nota

Además de ceder la operación y administración de esta celebración, este fallo también ordena a entregarle al Distrito de Barranquilla una retribución justa de lo percibido por las actividades del Carnaval.

"Ello implica la necesidad de ajustar debidamente el precio por la concesión de calles y demás espacios públicos dados a la Fundación, que se había fijado por el término de 50 años y por un valor absolutamente desproporcionado e inadecuado, en términos comerciales", indicó el Consejo de Estado.

Esto quiere decir que se garantiza que las ganancias obtenidas en todas las actividades del Carnaval de Barranquilla sean de los barranquilleros y no de un privado.

Según precisó el Consejo de Estado, al definir que el control y manejo del Carnaval tenía que estar a cargo del Distrito Industrial, Especial y Portuario de Barranquilla, se salvaguardó los derechos colectivos al patrimonio cultural de la Nación, así como la defensa del patrimonio público.

Se aclaró además que el Distrito debía mantener la calidad de socio mayoritario de la sociedad Carnaval de Barranquilla.

"En este caso, se determinó que, por decisiones del Concejo y la administración distrital de Barranquilla, junto con entidades privadas, se amenazaron los derechos colectivos al patrimonio público y cultural de la Nación, al haber entregado el manejo y control de la fiesta cultural a la Fundación Carnaval de Barranquilla que, como se señaló, es una entidad con participación eminentemente privada", indican en el comunicado.

Esta decisión de la Sala Especial 2 tuvo la ponencia del magistrado César Palomino Cortés.

El Consejo de Estado destacó que Palomino Cortés sentó un criterio jurisprudencial que establece las competencias del juez de la acción popular para proteger los derechos colectivos, "cuando la amenaza proviene de actos de naturaleza privada, como los relacionados con esta concesión".

"En la providencia se indican algunas de las órdenes judiciales que podrán impartirse para remediar la situación, incluso si la directriz va dirigida a particulares o personas de derecho privado, como la Fundación que era adjudicataria de los derechos del Carnaval", culmina el comunicado.

Documentos adjuntos

LA REPÚBLICA +

Registrándose puede personalizar sus contenidos, administrar sus temas de interés, programar sus notificaciones y acceder a la portada en la versión digital.