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jueves, 5 de julio de 2012

Concepto Jurídico No. 001008- De acuerdo con la Superintendencia de Subsidio Familiar, los beneficiarios del subsidio al desempleo lo podrán hacer efectivo a través de bonos alimenticios, en educación, o en aportes al sistema de salud.

De acuerdo con la Ley 789 de 2002, en su artículo 10, los jefes de cabeza de hogar que se encuentren en situación de desempleo luego de haber estado vinculados al sistema de Cajas de Compensación Familiar no menos de 1 año dentro de los tres años anteriores a la solicitud de apoyo, tendrán derecho con cargo a los recursos del fondo para el fomento del empleo y la protección del desempleo de que trata el artículo 6 o. de la ley en mención a los siguientes beneficios, por una sola vez y hasta que se agoten.

Este beneficio, de acuerdo con la ley, es equivalente a un salario y medio mínimo legal mensual, el cual se dividirá y otorgará en seis cuotas mensuales iguales, las cuales se podrán hacer efectivas a través de aportes al sistema de salud, y/o bonos alimenticios y/o educación, según la elección que haga el beneficiario. 'Para efectos de esta obligación las cajas destinarán un máximo del 30% de los recursos que les corresponde administrar con cargo al fondo para el fomento del empleo y la protección del desempleo', dicta la norma.

En ese sentido, al encontrarse una persona en un estado de inestabilidad laboral, concretamente, de desempleo, puede disponer que el subsidio contemplado por la ley le sea destinado a uno de los aspectos que considere de mayor relevancia, como tal sucede con la destinación de este aporte al sistema de salud para si mismo y el de su familia. (ES)

Comisión de Regulación de Comunicaciones

Las PQR contra las empresas de telefonía móvil deben presentarse dentro de la fecha de pago

Concepto Jurídico No. 50763- Si un usuario de telefonía móvil tiene alguna inconformidad con la facturación, éste deberá pagar antes del vencimiento de la fecha oportuno prevista en la factura, las sumas que no sean objeto de su reclamación, de manera que el proveedor no proceda con la suspensión de los servicios; no obstante, si el usuario no presenta la PQR dentro de la fecha de pago oportuno, éste deberá pagar el monto total de la misma para que el proveedor no proceda con la suspensión de los servicios.

Corte Constitucional

Procedencia de la tutela para salvaguardar los derechos fundamentales de menores de edad

Sentencia T-117/12 - Ello puede ocurrir cuando resulte evidente una irregularidad en el trámite administrativo que puede ocasionar una grave lesión a los intereses fundamentales de un menor de edad; cuando, a pesar de tratarse de un procedimiento breve, la espera de la decisión de homologación puede resultar perjudicial para el interés superior del menor, o cuando el asunto posea características constitucionales para las que el trámite de homologación no resulte apto, lo que se determina en cada caso.

Corte Constitucional

La Ley 1371 de 2009 está dirigida a garantizar el financiamiento de pensiones públicas

Sentencia C-368/12 - Esta normatividad está dirigida a garantizar el financiamiento de pensiones públicas que estaban a cargo de las universidades estatales, primordialmente a través del giro de recursos del presupuesto nacional. Para cumplir con esta finalidad, el legislador optó válidamente por mecanismos que garantizaran el uso específico de esos recursos para el logro de dicho objetivo, mediante la configuración de fondos cuenta titulares de patrimonios autónomos.

Ministerio de Transporte

Los conductores de transporte público deben ser vinculados mediante contratos laborales

Concepto Jurídico No. 1340

041871 - Entre la empresa operadora de transporte y los conductores, independiente de que sean operarios o no propietarios, existe una relación laboral de acuerdo con las disposiciones legales, un hecho que genera para la empresa todas las obligaciones que la ley laboral impone a su cargo. De esta forma, teniendo en cuenta esta situación, se impide contratar a los conductores a través de contratos de arrendamiento y demás modalidades.

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