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jueves, 4 de noviembre de 2021

A la luz del decreto 830 de 2021, los servidores públicos y los contratistas del Estado son considerados como personas expuestas políticamente.

El pasado miércoles se llevó a cabo el foro “Normativa Personas Expuestas Políticamente (PEP)”, organizado por la Cámara de Comercio de Bogotá, ICC Colombia y la Uiaf. El evento contó con la participación de Daniel Rodríguez, socio de CMS Rodríguez-Azuero, quien fue el ponente, y el abogado Juan Sebastián Sabogal.

El tema central del foro fue el alcance del último decreto expedido por el Gobierno (830 de 2021) sobre la normativa de las PEP. Según Sabogal, a la luz de este nuevo decreto de la regulación, los servidores públicos y los contratistas del Estado son considerados como personas expuestas políticamente. “El Decreto define que debe ser un servidor público y que debe ejercer algunas funciones específicas”, dijo.

Según se explicó en el evento, Estos son los alcances de la nueva regulación de las personas expuestas políticas (PEP), está en el cargo de dirección general o cuando formula políticas y planes institucionales. También serán tenidos en cuenta aquellos servidores que estén relacionados con el manejo de bienes y la administración de la justicia. “La expedición de normas es un ítem a tener en cuenta en las PEP porque se trata de un privilegio en el manejo de la estructura del Estado”, agregó Sabogal.

Por su parte, Rodríguez recordó que en Colombia hay precedentes del Consejo de Estado que son válidos para evaluar las sentencias en materia de sanciones e inhabilidades relacionadas con este decreto.

Una de las novedades que trajo la reglamentación es la creación de un listado abierto de PEP y la adición de nuevos funcionarios que no estaban incluidos en la regulación: los notarios y ordenadores de gasto de las universidades públicas.

Sabogal afirmó que hay tres obligaciones claves para entender la nueva regulación. La primera es la del PEP, pues tiene que informar si tiene un cargo relacionado y la función que esté establecida en el decreto. Las empresas, por otro lado, deben crear mecanismos que prevengan riesgos cuando se relacionen con las PEP. El Estado, por último, tiene el deber de crear una lista pública, que pronto deberán dar a conocer.

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