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Actualidad

Fedecafé no dejó registrar la marca Café El Tambo Supremo

04 de febrero de 2017

Kevin Steven Bohórquez Guevara


La República
Canal de noticias de Asuntos Legales

Una vez que Altamira Supremo S.A. solicitara el registro de la marca Café El Tambo Supremo, al campo de juego entraron dos grandes para impedir la victoria: la Federación Nacional de Cafeteros (Fedecafé) y Uniarroz S.A.

El camino parecía estar despejado para Altamira, sin embargo, se nubló luego de que en primera instancia Uniarroz S. A. entrara a la batalla para impedir que la SIC le concediera el registro marcario al solicitante.

La Fedecafé, en calidad de opositor, alegó que el nominativo Café El Tambo no podía ser registrado; mientras que del  otro lado, Uniarroz S. A. disputaba el complemento Supremo.

De esta manera, el primero en colocar freno a la solicitud fue Uniarroz S.A. en primera instancia. En esta oportunidad, la arrocera, mediante su defensa, argumentó que “las marcas sí  presentan un evidente riesgo de confusión visual, fonético y conceptual (SIC), pues comparten el mismo elemento distintivo Supremo”.

Como acto seguido, luego de esa primera acotación, la Fedecafé le siguió el paso en calidad de opositor y argumentó que el nominativo Café El Tambo podría atentar de forma directa a varias de sus marcas, ya registradas previamente. Ya en estas condiciones el camino no parecía ser nada fácil para Altamira Supremo S.A.

Según Carlos Amaya, socio de Propiedad Intelectual Amaya, “el signo solicitado Café El Tambo contiene el nombre de un municipio del Departamento del Cauca, que a su vez es titular de la denominación de origen Café del Cauca, y como quiera que el solicitante tiene su domicilio en la ciudad de Pereira, en ese evento, el consumidor se confundiría y le atribuiría al producto un origen geográfico y unas características que no tiene”.

Y es precisamente, por estas razones, que el superintentende Delegado para la Propiedad Industrial, José Luis Salazar López, declaró que bajo el artículo 80 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo,  se debían resolver estos recursos de apelación.

Bajo el precepto de denominación de origen y confundibilidad, el despacho consideró que el análisis de los signos en conflictos podría darse estudiando los nominativos que componían Café El Tambo Supremo, es decir, desarticular el registro marcario para observar si se pudiesen encontrar similitudes en los registros. 

De esta manera, tras el cotejo marcario, se encontró que  Café El Tambo hacía referencia a Café del Cauca, denominación que ya se encontraba protegida. Y al otro extremo, Supremo,como segundo componente, carecía de características para sostenerse como marca sola.

La decisión de la SIC consideró que al tratarse de una marca completa, ésta carecía de distintividad ante las otras ya  registradas.

Antecedentes
La Unión de Arroceros, Uniarroz S.A, se presentó en desacuerdo al ver que la empresa Altamira Supremo S.A.S había solicitado la marca Café El Tambo Supremo. Dentro del proceso,  Uniarroz S.A consideró que la marca solicitante tenía similitudes con sus marcas previamente registradas:  Arroz Supremo y Atún Supremo. Desde el inicio del proceso, la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia y Uniarroz S.A.S se presentaron como opositoras ante la Superintendencia de Industria y Comercio. 

La Opinión

Carlos Amaya
Socio de propiedad intelectual Amaya

“El signo solicitado Café El Tambo contiene el nombre de un municipio del Departamento del Cauca,y como el solicitante tiene su domicilio en Pereira, en ese evento, el consumidor se confundiría”. 

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