Gobierno retomó discusión del proyecto de ley que reglamenta la jurisdicción agraria
Mientras la Cámara iniciará la votación de artículos no discutidos, el Senado permanece a la espera de los avances de la cámara baja
13 de mayo de 2026
La Cámara de Representantes alcanzó un consenso entre las bancadas de Gobierno y oposición para retomar el trámite del proyecto de ley que reglamenta la jurisdicción agraria. Este avance ocurre tras tres semanas de parálisis en la plenaria, periodo durante el cual la falta de quórum impidió el avance de la discusión y la votación de los informes correspondientes.
El presidente de la corporación, Julián López, confirmó que el acuerdo permitió someter a votación el informe de la ponencia, el cual recibió el respaldo de 95 legisladores. Como parte del pacto, se determinó suspender momentáneamente el debate para escuchar a los magistrados de la Corte Suprema, el Consejo de Estado y el Consejo Superior de la Judicatura.

Durante la sesión programada para el miércoles, los representantes iniciarán la votación de los artículos que no presentan proposiciones o modificaciones. Asimismo, una comisión técnica integrada por senadores de diferentes partidos analiza los puntos más complejos de la normativa para presentar un informe detallado el próximo martes.
Uno de los ejes centrales de la concertación técnica será el análisis de las facultades administrativas sobre la propiedad rural. La oposición ha manifestado preocupaciones respecto a posibles mecanismos de expropiación, por lo que se busca una redacción que genere consenso técnico entre las partes antes de proceder con la votación de dichos artículos.

En el Senado de la República, el proceso se encuentra en la etapa inicial de resolución de impedimentos de los congresistas. Sin embargo, algunos sectores de la oposición han condicionado el inicio del debate de fondo a los progresos sustanciales que se logren previamente en la plenaria de la Cámara de Representantes.
La SAC advierte cambios en las competencias de la jurisdicción agraria
Jorge Enrique Bedoya, presidente de la Sociedad de Agricultores de Colombia, SAC, expuso las implicaciones del artículo noveno en el proyecto de ley de jurisdicción agraria. El centro del análisis radica en la distribución de competencias para resolver conflictos sobre la propiedad y los linderos de tierras rurales en el país.
El Decreto Ley 902 de 2017 establece que, si bien una entidad administrativa investiga, la decisión final recae exclusivamente en un juez de la República como parte de la rama judicial independiente.
La crítica del dirigente gremial se enfoca en que la propuesta legislativa actual busca crear una jurisdicción especializada, pero simultáneamente restringe las facultades de los jueces que la integrarían. Bajo el modelo propuesto, la Agencia Nacional de Tierras, ANT, adquiriría la potestad de emitir decisiones directas sobre los procesos agrarios. Esto desplazaría la función jurisdiccional hacia una entidad de carácter administrativo, concentrando en una sola institución las etapas de trámite y resolución de los litigios.
Esta modificación estructural alteraría el debido proceso y las garantías judiciales de los propietarios rurales. En el sistema vigente, la separación de funciones entre el ente investigador y el juzgador asegura una revisión independiente de cada caso. La transferencia de estas facultades a la ANT significaría que el organismo administrativo tendría la autoridad para definir límites territoriales y derechos de propiedad sin la intervención obligatoria de un magistrado agrario en las instancias iniciales.
Bedoya cuestionó la coherencia de implementar una nueva estructura judicial si sus competencias fundamentales son trasladadas al poder Ejecutivo. La preocupación del sector productivo reside en la posible pérdida de autonomía en la toma de decisiones legales sobre el campo colombiano.
La definición del artículo noveno resultará determinante para establecer si los conflictos de tierras se mantienen bajo la supervisión de la rama judicial o si pasan a ser gestionados por una autoridad administrativa con poder de decisión absoluta.
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