Inversiones Zagal se quedó con la marca Berry y se suma a Blueberry

En este caso, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ha decidido, en la Dirección de Signos Distintivos y la Delegatura de la Propiedad Industrial, conceder el registro, pero ahora Inversiones Zagales deberá enfrentarse a Productos Alimenticios Bary ante el Consejo de Estado, según confirmó la abogada de la empresa opositora, Carolina Vera, socia de Vera Abogados.
Todo empezó con la decisión ante la primera instancia, liderada por María José Lamus, de otorgar el signo con base en que “no hay similitudes ortográficas y fonéticas susceptibles de generar confusión en el consumidor”, sobre todo si se tiene en cuenta que “el signo solicitado es el resultado de la combinación caprichosa de la partícula Berry con elementos gráficos, que en conjunto dotan de individualidad y distintividad al signo solicitado”.
Este aval, se lo dio teniendo en cuenta el uso exclusivo de la expresión Berry, pero siempre acompañado de la parte gráfica “más no sobre el elemento del conjunto independiente Berry, pues es un elemento débilmente distintivo”.
Vera insistió y apeló ante la Delegatura de la Propiedad Industrial y la respuesta también fue negativa. Esta vez, el documento firmado por José Luis Londoño reconoce la distintividad de las marcas y además el registro de Bary, así como la existencia de registros anteriores de Inversiones Zagal con Blueberry.
“La Delegatura manifiesta que es claro el derecho de exclusiva que recae sobre la expresión Bary/Barry, así como también son claros los derechos de exclusiva que ostenta la sociedad solicitante sobre los signos que contienen la expresión Berry”. Así, Londoño explicó en el documento que pese a que se “evidencian algunas coincidencias entre los signos confrontados no existe similitud capaz de generar error en el consumidor” y no entiende porqué la firma no se opuso también al registro de Blueberry. Según analizó el experto en Propiedad Intelectual, Juan Carlos Martínez, “no solo las diferencias visuales, sino también las conceptuales y fonéticas de la marca son las que le permiten al consumidor tener una diferenciación plena, como sucede en este caso”.
Vera concluyó en que no está de acuerdo con la SIC porque “la decisión tiene como argumento principal el hecho de que la sociedad Inversiones Zagal es titular de Blueberry, la cual marcariamente tiene una connotación diferente a Berry (...) que sin ninguna duda es confundiblemente semejante a la marca Bary previamente registrada para servicios de la misma naturaleza”.
La opinión
Carolina Vera
Socia de Vera ABogados
“No estamos de acuerdo con la decisión de la SIC. Tiene como argumento el hecho de ser de la sociedad Inversiones Zagal, titular de Blueberry, que marcariamente tiene una connotación diferente a Berry”.
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