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martes, 26 de octubre de 2021

Ashton había sido aceptado por la JEP en 2018 por delitos como concierto para delinquir y por su relación con grupos paramilitares

Tras considerar que los aportes entregados por el excongresista Álvaro Antonio Ashton fueron “insuficientes, vagos y sin fundamento", la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Justicia Especial para la Paz (JEP) revocó el sometimiento del exfuncionario, por los delitos de concierto para delinquir agravado, y cohecho por dar u ofrecer y amenazas.

Asimismo, se le revocó el beneficio de libertad transitoria, condicionada y anticipada que le había sido otorgado al excongresista.

Ashton había sido aceptado por la JEP en 2018 por los delitos de concierto para delinquir, por su relación con grupos paramilitares; por cohecho, por lo relacionado con el presunto soborno entregado para ser favorecido en procesos judiciales y por amenazas que habría proferido en contra de un ciudadano privado de la libertad.

De acuerdo con la JEP, el aporte entregado por Ashton “no es significativo y no conduce a la construcción de una verdad colectiva, pero además, deja advertir la falta de franqueza en sus dichos y la actitud contumaz frente a la poca o casi nula satisfacción de los principios del Sistema”.

Así, luego de los argumento expuestos por el tribunal para la paz, se determinó que las actuaciones de Álvaro Antonio Ashton volverán a la justicia ordinaria.

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