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  • Xiomara Mera

sábado, 21 de enero de 2017

La solicitud de registro fue  presentada bajo la figura del Protocolo de Madrid para identificar productos ubicados en la clase 3 de la clasificación internacional de Niza.

Ante dicha solicitud no se hicieron oposiciones pero la Directora de Signos Distintivos (E) María del Pilar Serna, en cumplimiento de las disposiciones de las normas hizo una revisión de los registros de Propiedad Industrial y encontró que en ese momento había ya una solicitud hecha por Juan Camilo Mora, quien pedía la concesión del signo Therapist para identificar productos de la misma clase.

Ante estos hechos Serna realizó el estudio de registrabilidad y encontró que “el signo solicitado reproduce casi en su totalidad la estructura gramatical y ortográfica de la marca previamente registrada o solicitada, al incorporar la mayoría de los grafemas, sin que la inclusión de la letra (E) logre diluir las semejanzas, produciendo un impacto sonoro muy similar”.

La Superindustria encontró que los signos en conflicto pretendían identificar productos que se encuentran en la misma clase, lo cual implica una conexión competitiva entre ellos; así que su conclusión era que no podía conceder la petición de L’Oréal.

Sin embargo, para la empresa de cosméticos esto no fue suficiente y decidió apelar la decisión ante la Superintendente Delegada para la Propiedad Industrial (E), Cecilia Isabel Nieto Porto.“La decisión carece de sustento jurídico dada la prioridad de la solicitud de registro de la marca Thérapiste. El Despacho afirmó que la marca citada como fundamento para la negación constituye un mejor derecho sobre la solicitud de registro. No obstante, no tuvo en cuenta que la solicitud nuestra, fue presentada con anterioridad a la marca registrada Therapist, citada de oficio como fundamento para la negación” argumentó L’Oréal en su apelación.

“El Sistema de Madrid permite alegar la prioridad en la solicitud de un registro de marca cuando se ha solicitado válidamente el registro internacional de una marca en cualquiera de las oficinas de origen de los Estados parte de dicho sistema” explicó Fernando Jiménez, director del Centro de Estudios Aequitas.

Tras analizar lo argumentado por L’Oréal y de verificar que Juan Camilo Mora autorizó para revocar la concesión de los derechos conferidos, Nieto encontró que ya no había motivo para no conceder el registro de Therapiste y la revocó en primera instancia.

“Esta decisión es de gran importancia, pues la Superintendente Delegada corrigió de manera oportuna un error evidente, demostrando la importancia de una revisión adecuada de las prioridades y de los trámites que están a cargo de la Dirección de Signos Distintivos” afirmó Álvaro Correa, apoderado de L’Oréal.

La opinión 

Álvaro Correa
Apoderado de L’oréal
“La superintendente corrigió de manera oportuna un error evidente, demostrando la importancia de una revisión adecuada de las prioridades y de los trámites de la Dirección de Signos Distintivos”.

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