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miércoles, 28 de julio de 2021

Datos revelaron que mientras este año se aprobaron 95, durante 2020 se dio la anuencia solamente a 53 licencias en el mismo periodo

El marco regulatorio para la producción y comercialización de cannabis ha venido ganando terreno anualmente. Así lo demuestran datos del Gobierno, que revelan que en el primer cuatrimestre de 2021 (enero-abril) las licencias otorgadas de cannabis tuvieron un crecimiento de 79%, pues mientras este año se aprobaron 95, durante 2020 se dio la anuencia solamente a 53 licencias en el mismo periodo.

Luego de la firma del Decreto que permite la exportación de flor seca de cannabis, el Ministerio de Justicia afirmó que el Gobierno Nacional ha otorgado desde 2017 alrededor de 1.782 permisos para el cultivo de plantas con fines medicinales, además del uso de semillas para siembra.

“El Decreto de Acceso Seguro e Informado al Uso del Cannabis pone a Colombia a la vanguardia de países como Paraguay, Uruguay o Canadá. Superamos el estigma para encontrar oportunidades y avanzar en nuevas posibilidades de desarrollo económico”, dijo el ministro de Justicia, Wilson Ruiz Orejuela, en su cuenta de Twitter.

A propósito del buen panorama y del crecimiento económico que se espera alcanzar con esta decisión, no se debe perder de vista las consideraciones legales para obtener los permisos relacionados con la industria del cannabis.

Requisitos de las licencias

El nuevo Decreto expedido por el Estado hizo varios cambios, pero hay unos parámetros que se mantienen. Según Catalina Pinilla, socia en Dentons Cardenas & Cardenas, en Colombia está permitido el cannabis solamente para fines medicinales y científicos. “Dentro del uso medicinal están los medicamentos y las fórmulas magistrales, las cuales son por orden médica y estipulan cuánto cannabis se puede usar en un insumo médico y cuáles son los laboratorios que pueden fabricarlo.

Sobre los tipos de licencias, Siemcol (Siembra Medicinal Colombiana) afirmó que hay principalmente cuatro licencias para el uso del cannabis bajo los parámetros legales: uso de semillas para siembra; licencia de cultivo de plantas de cannabis no psicoactivo; cultivos de cannabis psicoactivo; y, por último, licencia de fabricación de derivados de cannabis.

Diego Márquez, abogado en Del Hierro Abogados, aseguró que los requisitos para la tenencia de las plantas empiezan por tener delimitado el predio. “No se puede pedir una licencia para eventualmente hacer comercio con cannabis. Se debe tener claro para qué se quiere la licencia y delimitar el predio y la ubicación”, dijo.

Asimismo, el abogado recordó que otro aspecto a tener en cuenta es el plan de cultivo. “Uno no puede simplemente expedir una licencia para cultivar, sino que debe tener un plan, además de un organigrama de trabajo sobre cómo está estructurada la persona jurídica que desarrolla la actividad. También se debe incluir dentro de la solicitud cómo está estructurada la persona jurídica que desarrolla la actividad”, dijo Márquez.

Adicionalmente, los requisitos incluyen, según la explicación del abogado, una explicación detallada de las labores que desarrollarán los empleados y un empleado de cultivo y fabricación, en caso de que la personas vaya a realizar estas actividades. “El tipo de licencia también varía si la planta a comercializar o producir tiene contenido de THC o no. Si, por ejemplo, se va a movilizar la planta con contenido psicoactivo se exigen unos requisitos de transporte y unos parámetros mínimos de seguridad. Todo está muy pensado para proteger este tipo de plantas con contenido de THC y qué tanta presión genera sobre el Gobierno Nacional”, agregó el abogado.

Se debe aclarar que el THC es el componente psicoactivo de la planta y las licencias varían según el porcentaje presente. Si la planta supera 1% del compuesto, se tratará de una licencia para cannabis psicoactivo”.

Las empresas y personas naturales que quieran incursionar en el comercio del cannabis deben tener en cuenta que se trata de un mercado muy regulado dada la historia de Colombia contra la producción de varias drogas. La abogada Pinilla aseguró que hay un límite claro: una empresa no podrá llevar a cabo actividades de cultivo, comercialización de semillas y fabricación sin la licencia correspondiente, pues podría haber consecuencias como sanciones pecuniarias y la destrucción del cannabis y los productos que hayan derivado de su cultivo.

Cambios del nuevo decreto

El pasado 23 de julio se dio la firma de un nuevo Decreto que modifica la regulación del cannabis en el país. Sobre este avance, el ministro Ruiz dijo que desde 2019 el Gobierno Nacional estuvo trabajando en mesas técnicas con gremios, empresas, la academia y pequeños productores para modificar el Decreto 613 de 2017.

Los cambios acerca de la nueva normativa están enfocados en fortalecer los requisitos para el otorgamiento de las licencias, además de un compromiso anticorrupción a las personas que las solicitan.

LOS CONTRASTES

  • Wilson Ruiz Orejuela Ministro de Justicia

    “El Decreto de Acceso Seguro e Informado al Uso del Cannabis nos permitirá fortalecer un sector prioritario y estratégico para la generación de empleo”.

  • Diego MárquezAbogado en Del Hierro Abogados

    “Los requisitos varían dependiendo de la licencia que se quiere expedir. Las plantas con mayor concentración de THC tienen más requerimientos”.

Además, con la norma que ya entró en vigor se permitirá la exportación de la flor seca de cannabis, mientras que se crearán nuevos sectores de investigación dentro de las universidades sobre el cannabis y sus derivados.
Otro cambio importante es que se ampliará la vigencia de las licencias de cinco a 10 años y se elimina la prohibición de realizar publicidad con plantas de cannabis, lo cual impulsará a la industria en el mercado.

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