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  • Alejandro García de Brigard

lunes, 24 de octubre de 2016

Las cifras evidencian, por una parte, la situación actual de la contratación estatal y, por la otra, el interés de la SIC en eliminar y prevenir cualquier conducta anticompetitiva en la contratación estatal. 

¿Qué es la colusión en licitaciones?

En términos generales, la colusión es cualquier pacto ilícito que perjudica a un tercero. En materia de competencia, y particularmente en lo que, relacionado con contratación pública, el objeto de dicho pacto es eliminar la competencia. La colusión en licitaciones públicas busca eliminar la competencia en el proceso licitatorio. El efecto de la colusión en licitaciones es especialmente pernicioso si se tiene en cuenta que el proceso licitatorio tiene como propósito precisamente promover la competencia en la compra de bienes y servicios por parte del Estado. 

¿A quién afecta la colusión en licitaciones?

La colusión en licitaciones públicas nos afecta a todos. En primera instancia, pierden la ciudadanía y el Estado pues la colusión impide que los recursos públicos se usen de forma transparente y eficiente. Se afecta también el mercado, pues lejos de operar libremente, se elimina la competencia necesaria para su crecimiento y desarrollo, y como resultado se reduce la calidad y se aumentan los precios de los bienes y servicios ofrecidos. Y, finalmente, la colusión en licitaciones afecta a los empresarios que no pueden competir en condiciones de igualdad. 

¿Cómo se sanciona?

La colusión en licitaciones puede conducir a sanciones administrativas y penales. En primera instancia, por tratarse de una práctica restrictiva según la Ley 155 de 1959 y el Decreto 2153 de 1992, las personas jurídicas que participen en la ejecución de este tipo de acuerdos, podrán ser sancionados con multas de hasta 100.000 salarios mínimos ($68.945.400.000 para 2016), mientras que para las personas naturales la multa puede llegar a los 2.000 salarios mínimos ($1.378.908.000). 

Adicionalmente, la colusión en licitaciones públicas es la única práctica restrictiva de la competencia que es considerada un delito, por lo que quien sea condenado por colusión en licitaciones puede incurrir en pena de prisión de hasta 12 años, inhabilidad para contratar con el Estado de hasta 8 años y multas adicionales de hasta 1.000 salarios mínimos ($689.454.000).  

¿Es necesario que se adjudique el contrato estatal para que se sancione la conducta?

No es necesario lograr la adjudicación del contrato para que la conducta sea sancionada. Cualquier acuerdo colusorio entre dos o más agentes en un proceso de selección es ilegal, sea que el efecto que se persigue se consolide o no. El acuerdo será ilegal aun cuando no se generen daños o así no haya una intención de causar daño a los demás licitantes.

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