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Judicial

Corte Constitucional tumba el decreto que avala las sesiones virtuales del Congreso

A unas semanas de que inicie nuevamente la legislatura los magistrados declararon inconstitucional el artículo 12 del mandato

09 de julio de 2020

Sofía Solórzano Cárdenas

lsolorzano@larepublica.com.co

Colprensa
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Los magistrados de la Corte Constitucional determinaron inconstitucional el artículo 12 del Decreto legislativo 491 de 2020, con el que el presidente permitía que las tres ramas del poder público deliberaran y tomaran decisiones de manera virtual.

Por ello, con una votación de 5 contra 4 pierde validez el artículo que señalaba que "los órganos, corporaciones, salas, juntas o consejos colegiados, de todas las ramas del poder público y en todos los órdenes territoriales, podrán realizar sesiones no presenciales cuando por cualquier medio sus miembros puedan deliberar y decidir por comunicación simultánea o sucesiva".

Frente a los proyecto de ley que fueron aprobados durante la legislatura, entre esos el de la cadena perpetua para violadores de niños y niñas, los magistrados señalaron que la inexequibilidad regirá a futuro únicamente. Sin embargo, con la caída del artículo la tarea legislativa quedaría a la espera.

Dentro de las determinaciones del Legislativo se debía definir si la plataforma con la que se ha sesionado de manera virtual permitía que la oposición y las minorías cumplieran con el ejercicio de la actividad legislativa de forma adecuada.

Ahora, con la nueva decisión los magistrados y funcionarios del Congreso deberán volver a sesionar presencialmente a partir del próximo 20 de julio, fecha en que inicia nuevamente la legislatura.

Documentos Adjuntos

Decreto-491-28-marzo-2020

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