La Corte informó que funcionaria se extralimitó al opinar sobre la consulta popular
El oficio fue dirigido a Katherine Miranda, representante a la Cámara, quien consultó a la Corte sobre la legalidad de que se haga la consulta por decreto
28 de mayo de 2025
Luego de que una funcionaria de la Corte Constitucional emitió un concepto que señaló que el Ejecutivo no tiene facultades para convocar una consulta popular sin que sea aprobada por el Senado, el alto tribunal publicó un comunicado en el que informó que "no tiene la función de dar opiniones, responder consultas ni resolver preguntas. Solo toma decisiones a través de autos y sentencias, como lo ordena la Constitución y las leyes".
La servidora judicial, en su respuesta, además de remitir providencias previas sobre el tema, incluyó una opinión sobre las mismas. Según el comunicado, dicha actuación constituye una extralimitación de funciones y no representa la posición oficial del tribunal.
El oficio fue dirigido a Katherine Miranda, representante a la Cámara, quien consultó a la Corte sobre la legalidad de que el presidente Gustavo Petro convoque a la consulta mediante decreto, luego de que en el legislativo no pasó la iniciativa.
"La Corte Constitucional me ha confirmado que, tras el hundimiento de la consulta, el Gobierno no puede insistir en las mismas preguntas ni, mucho menos, imponerlas por decreto de forma dictatorial", escribió Miranda en su cuenta de X.
El alto tribunal dijo que, ante este hecho, hará una revisión de los procedimientos internos y pondrá en conocimiento de las autoridades disciplinarias competentes esta situación para que se adelanten las investigaciones correspondientes.
La Corte agregó que sus funciones decisorias se cumplen a través de autos y sentencias proferidas por las Salas de Revisión y la Sala Plena de la Corporación.
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