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martes, 4 de octubre de 2022

La comercialización de productos médicos tendría los mismos efectos de quienes los fabriquen con alteraciones o contaminen

Dicen que antes de consumir cualquier medicamento es importante verificar sus indicaciones, un consejo recomendable teniendo en cuenta que en Colombia, en los últimos días, se ha visto cómo la falsificación y la alteración de medicamentos recorre las calles de Bogotá, Cundinamarca y Norte de Santander. Esta conducta, además de contar con una sanción de hasta 12 años de prisión, tendría implicaciones graves teniendo en cuenta que se atenta contra la salud de los colombianos.

Durante el fin de semana, la Fiscalía General de la Nación desmanteló una red criminal que se dedicaba a la distribución de medicamentos alterados o vencidos. De acuerdo con el ente investigador, el modus operandi de la banda consistía en borrar las fechas de vencimiento, los registros de los lotes de fabricación y la leyenda de uso institucional para luego adecuarlos para que parecieran actuales y poder venderlos a droguerías o enviarlas por encargo.

LOS CONTRASTES

  • Alejandro MejíaSocio de CMM

    “En este delito no solo incurre la persona que está detrás de la conducta de alterar medicamentos, sino todos los que intervienen en la cadena delictiva”.

  • Francisco BernateAbogado penalista

    "Las investigaciones que adelanta la Fiscalía en esta materia son muy robustas, pues son redes criminales en varios departamentos".

Esta conducta, la cual es un fenómeno en varios países de Latinoamérica, pues según la Fiscalía esta red conseguía en algunos casos los medicamentos desde Venezuela y Ecuador, tiene un efecto penal de carácter grave, ya que, según el artículo 372 del Código Penal se estaría incurriendo en el delito de corrupción de alimentos, productos médicos o material profiláctico.

De acuerdo con la norma punitiva, quienes envenenen, contaminen o alteren productos o sustancias alimenticias, médicas, medicamentos o productos farmacéuticos, así como bebidas alcohólicas o productos de aseo de aplicación personal serán merecedores de una sanción que va desde los cinco hasta 12 años de prisión y, adicionalmente, deberá pagar una multa que podría ascender de 200 a 1.500 salarios mínimos. Igualmente, las penas no cambiarían para quienes comercialicen o distribuyan los medicamentos alterados.

No obstante, explicó Alejandro Mejía, abogado penalista y socio de Cáez Muñoz Mejía, las penas podrían agravarse cuando son varias personas que se organizan para cometer el delito.

“La primera consideración es que, en general, las personas pueden responder penalmente por el hecho de ponerse de acuerdo para la comisión de conductas punitivas, eso puede ser entendido como un concierto para delinquir, un delito grave consagrado en el Código Penal. El delito de corrupción de alimentos, productos médicos o material profiláctico, busca penalizar a todas las personas que intervienen dentro de la misma cadena, pues no solo es el químico que altera los medicamentos, que trabaja en un laboratorio improvisado, sino todas las personas que intervienen transversalmente en la cadena criminal”, anotó.

El mismo artículo del Código Penal establece que las penas serían de la misma gravedad para quienes, dentro de una organización, comercialicen o distribuyan los productos alterados. Además, la pena podría aumentar a la mitad en caso de que el fabricante de medicamentos contaminados o quien los altere, sea la misma persona que los venda y se lucre de ello.

“En este caso, no solamente incurre en el tipo penal la persona que está detrás de la conducta propiamente dicha de alterar o modificar el producto médico, sino todos lo que intervienen en esa cadena delictiva, es decir, quienes comercializan y distribuyen los productos o sustancias, e incluso las personas que empacan el producto estarían involucrados en el mismo delito”, añadió.

Otro de los delitos que entraría a concursar por la falsificación de medicamentos son las afectaciones a la salud y la vida, a través de las disposiciones que tiene el Código Penal para esos efectos, como lo serían lesiones personales o el homicidio que, en el primer caso tendría una sanción carcelaria de hasta seis años de prisión y el segundo podría alcanzar hasta los 25 años sumado a las multas económicas.

De acuerdo con Mejía, existe un catalogo de medidas disponibles para atacar el uso de personas jurídicas dispuestas a la comisión de delitos, que en este caso serían las empresas que estén involucradas en la fabricación o distribución de medicamentos alterados, como, por ejemplo, algún laboratorio.

“Estas medidas van desde la suspensión hasta el congelamiento de activos o la extinción del dominio de los activos que han sido puestos a la utilidad de un fin criminal. La Fiscalía podría adoptar medidas en contra de las compañías”, concluyó.

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