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viernes, 5 de marzo de 2021

El fiscal del caso estableció que varias de las conductas por las cuales se vinculó jurídicamente al excongresista no tienen la característica de delito

El caso de Álvaro Uribe Vélez por supuesta manipulación de testigos concretó un nuevo capítulo al conocerse que el coordinador de la Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, Gabriel Ramón Jaimes, radicó ante el Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio de Bogotá una solicitud de audiencia de preclusión de la investigación en contra el exsenador y expresidente .

"Luego de la valoración integral de los elementos materiales probatorios, la evidencia física y la información legalmente obtenida durante el curso del proceso, el fiscal del caso estableció que varias de las conductas por las cuales se vinculó jurídicamente al excongresista no tienen la característica de delito, y otras que sí lo son, no se le pueden atribuir como autor o partícipe", señalan en el comunicado.

#ATENCIÓN | Comunicado de la #Fiscalía General de la Nación. pic.twitter.com/dDZPrSJ8x7

— Fiscalía Colombia (@FiscaliaCol) March 5, 2021

La entidad agregó que se aplicaron los parámetros fijados en la Ley 906 de 2004 (Sistema Penal Acusatorio) y que serán expuestas en diligencia pública ante el juez Penal del Circuito que disponga el sistema de reparto.

"Las mismas podrán ser controvertidas por el procesado y su defensa, el agente especial de la Procuraduría General de la Nación, y de quienes reclaman su calidad de víctimas con sus apoderados".

Según el artículo 332 del Código de Procedimiento Penal, las razones por las que un fiscal puede pedir la preclusión de una investogación son:

1. Imposibilidad de iniciar o continuar el ejercicio de la acción penal.
2. Existencia de una causal que excluya la responsabilidad, de acuerdo con el Código Penal.
3. Inexistencia del hecho investigado.
4. Atipicidad del hecho investigado.
5. Ausencia de intervención del imputado en el hecho investigado
6. Imposibilidad de desvirtuar la presunción de inocencia.
7. Vencimiento del término máximo previsto en el inciso segundo del artículo 294 del este código.

Según informó La FM será a las 10:00 de la mañana cuando el fiscal Jaimes haga la solicitud de audiencia y se conocerá cuál fue el argumento de peso para pedir la preclusión.

Precisaron que la investigación se realizó en el marco del ordenamiento jurídico, que se actuó en cumplimiento del deber que le asiste y que está consagrado en el artículo 250 de la Constitución Política de Colombia: "Solicitar ante el juez de conocimiento la preclusión de las investigaciones cuando según lo dispuesto en la ley no hubiere mérito para acusar".

"La Fiscalía General de la Nación invita a la ciudadanía a seguir la audiencia de preclusión en la fecha que disponga la Judicatura y conocer con detalle los argumentos de la decisión, para formar un criterio propio sobre un caso que debe resolverse en sede judicial, alejado de opiniones, disputas personales e intereses políticos", anunciaron mediante el comunicado.

Lo que se espera ahora es que por el lado de las víctimas, entre ellos el senador Iván Cepeda, presente una apelación de la decisión anunciada por la Fiscalía General. En su cuenta de Twitter el congresista manifestó su rechazo a como se viene llevando el caso.

La Corte Suprema de Justicia recogió miles de pruebas y tomó una decisión contenida en 1.550 páginas que no han sido tomadas en cuenta por el fiscal Gabriel Jaimes. Su solicitud de preclusión no tendrá ningún sustento probatorio y será una vergüenza para la justicia en Colombia

— Iván Cepeda Castro (@IvanCepedaCast) March 4, 2021

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