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viernes, 25 de marzo de 2022

Según la decisión de la JEP, Otoniel no cumple con los requisitos, al no aparecer en la lista de los integrantes de las Farc desmovilizados

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazó la solicitud del excomandante del Clan del Golfo, Dairo Antonio Úsuga, alias 'Otoniel', para ser juzgado por el tribunal de paz recibir y obtener los beneficios que esto conlleva, a comparación de la justicia ordinaria.

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas tomó esta decisión, pues el excabecilla del Clan no cumple con los requisitos para que su caso sea reconocido por el tribunal de paz, ya que, a pesar de que haber pertenecido a la guerrilla de las Farc, según un documento presentado el 15 de marzo ante la Corte Suprema de Justicia, este no aparecía en los listados de desmovilizados, por lo que no se pudo comprobar que hacía parte del grupo.

Hay que tener en cuenta, entonces, que, para poder obtener los beneficios que ofrece el Sistema Integral de Paz es necesario que el acusado haya hecho parte de los guerrilleros desmovilizados y que se presentaron ante la justicia para reingresar en la vida civil.

En la solicitud, Otoniel calificó su situación como “tercero civil del conflicto armado interno”, además afirmó haber sido testigo de acciones criminales hechas por oficiales de la Fuerza Pública en conjunto de los grupos paramilitares.

Por último, la Corte Suprema declaró que "no se vislumbra de manera seria y razonada que Dairo Antonio Úsuga David cumpla el factor rationae personae”, aclarando que tampoco se accederá a la acción de suspensión del trámite de extradición.

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