Álvaro Uribe fue declarado culpable por el delito de soborno en actuación penal
El viernes 1 de agosto, a partir de las 2:00 p.m., se llevará a cabo la audiencia en la que se definirá la pena a imponer al expresidente
28 de julio de 2025
Desde las 8:30 a.m., la jueza Sandra Liliana Heredia del Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá inició con la lectura del fallo en el juicio contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, acusado de los delitos de soborno en actuación penal, fraude procesal y soborno a testigos.
LR se contactó con el abogado de Uribe, Jaime Granados, y con el senador Iván Cepeda, y ambos dieron la misma respuesta: si la decisión es contraria a lo que ellos esperan, se realizará una apelación.
El caso se remonta a septiembre de 2012, cuando Uribe, entonces senador, denunció ante la Corte Suprema de Justicia al congresista Iván Cepeda por supuestamente manipular testimonios de exparamilitares que lo vinculaban con la creación del Bloque Metro paramilitar en Antioquia.

En un giro procesal, la Corte archivó en febrero de 2018 la investigación contra Cepeda y en su lugar abrió indagación contra Uribe por presunta manipulación de testigos, tras hallar indicios de que personas cercanas al expresidente intentaron sobornar a reclusos para que se retractaran de sus declaraciones.
La investigación avanzó hasta que en agosto de 2020 la Corte ordenó detención domiciliaria contra Uribe. En respuesta, el expresidente renunció a su curul en el Senado, lo que trasladó el caso a la Fiscalía General. Durante la gestión del fiscal Francisco Barbosa, el ente acusador intentó en dos ocasiones archivar la investigación (2021 y 2022), pero jueces penales rechazaron las solicitudes de preclusión al considerar suficientes los indicios para avanzar.

El juicio y sus claves
El proceso oral, iniciado el 6 de febrero de 2025, se extendió por 67 días con la declaración de más de 90 testigos. La Fiscalía, bajo la dirección de Luz Adriana Camargo, sustentó que Uribe fue el "determinador" de una estrategia para manipular testigos mediante su abogado Diego Cadena.
Como prueba central presentaron grabaciones hechas con un reloj espía por Juan Guillermo Monsalve, hijo del capataz de la hacienda Uribe, donde Cadena ofrece beneficios jurídicos a cambio de retractar acusaciones paramilitares contra el expresidente.

La defensa, encabezada por Jaime Granados, argumentó que Cadena actuó por iniciativa propia sin conocimiento de Uribe, cuestionó la legalidad de las interceptaciones y destacó que Monsalve declaró durante el juicio: "No conozco a Álvaro Uribe Vélez".
El 8 de julio de 2025, en su declaración final, Uribe afirmó: "Me causaron un daño a mi reputación, a la de mi familia y una afectación electoral muy grande", alegando una persecución política. Por su parte, Cepeda sostuvo que las pruebas mostraban la participación directa del expresidente como "determinador" de los delitos.
Reforzaron seguridad de la fiscal
La Unidad Nacional de Protección evalúa, junto con la Policía, reforzar la seguridad de la fiscal Sandra Heredia tras hechos sobrevinientes relacionados con el juicio contra Álvaro Uribe. 
El viernes se definirá la pena a imponer a Uribe
El viernes 1 de agosto, a partir de las 2:00 p.m., se llevará a cabo la audiencia en la que se definirá la pena a imponer al expresidente Álvaro Uribe Vélez
La Fiscalía solicitó una pena de 108 meses de prisión
En el juicio contra el expresidente Álvaro Uribe por fraude procesal y soborno, la Fiscalía solicitó una pena de 108 meses de prisión, equivalentes a nueve años de reclusión, mientras que la Procuraduría pidió prisión domiciliaria.
Uribe sobornó a Monsalve
El expresidente Álvaro Uribe fue declarado culpable por el delito de soborno en actuación penal, en el caso del testigo Juan Guillermo Monsalve
Testimonio de 'Caliche' no será tomado en cuenta
La jueza excluyó la declaración de Carlos Eduardo López, alias 'Caliche', por considerar que carece de credibilidad y tildarlo de "mentiroso". Adicionalmente, cuestionó las declaraciones de la mayoría de los testigos, señalando que parecían seguir "un libreto" al relatar acciones coordinadas entre personas que no se conocían, todo supuestamente para influir en el testimonio del exparamilitar Juan Guillermo Monsalve.
Receso
La jueza Sandra Liliana Heredia del Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá, inició un receso para almorzar y se reanudará la audiencia a las 1:30 p.m.
Héctor Romero cambió sus intereses
La juez Sandra Heredia señaló que en el caso de Héctor Romero Agudelo, abogado del exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, cambió sus intereses debido a que se relacionó con el abogado Diego Cadena. Incluso le cedió negocios que su oficina ya había ganado.
Testimonios de Cepeda y Gómez fueron aceptados
Heredia validó el testimonio del senador Iván Cepeda, diciendo que se limitó a declarar sobre lo que le constaba, a pesar de las embestidas que enfrentó como testigo y las rivalidades políticas.
También se le dio validez al testimonio de Deyanira Gómez, exesposa del exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, y dijo que su declaración fue lógica y creíble.
Grabaciones del 'reloj espía' fueron admitidas
La jueza Sandra Liliana Heredia descartó los vicios formales alegados por la defensa y ratificó la admisibilidad de las grabaciones del 'reloj espía' como prueba, dado que cumplen con los requisitos legales de las interceptaciones hechas por víctimas para preservar evidencias.
La defensa sostuvo que las grabaciones no fueron extraídas directamente del reloj original, rompiendo la cadena de custodia y poniendo en duda su integridad. Además señalaron presuntas manipulaciones (ediciones, eliminación de 7 minutos, inserción de contenido, “ruido” y signos de falseamiento con probabilidad de 65 %).
La jueza recordó que, aunque la interceptación oficial compete a la Fiscalía, la víctima de un delito puede grabar o filmar conversaciones propias sin orden judicial previa, a fin de preconstituir prueba.
Reiteró que esas grabaciones particulares son “prueba documental” válida (no requieren control judicial previo ni posterior) y su valor dependerá de la relación directa o indirecta con los hechos relevantes.
Se negó la solicitud de la defensa sobre el informe de revelación extemporánea
Se negó la solicitud de la defensa sobre el informe de revelación extemporánea, así como la petición de un plazo adicional para su análisis. La juez Heredia manifestó que estas carecían de fundamento.
Heredia manifestó que el informe 008988188 es válido como medida excepcional de la Fiscalía para preservar evidencia electrónica sin alterar originales. La Corte Suprema ya había avalado la cadena de custodia y la integridad de los datos. Las interceptaciones al número 317505 (incluidas las comunicaciones entre Uribe y Diego Cadena) cumplieron garantías procesales. No hay fundamentos para declararlas ilegales o deficientes.
Interceptaciones sí fueron legales
Las interceptaciones, que se habían denominado "ilegales", fueron aceptadas por la jueza Heredia y serán parte fundamental en el fallo contra Uribe.
"Sostener que es ilegal rastrear números que no estén registrados a nombre de las personas formalmente vinculadas al proceso implicaría una limitación irrazonable del deber del Estado investigar. Por ejemplo, conllevaría excluir el análisis de las comunicaciones efectuadas a través de líneas telefónicas de terceros o de posibles cómplices que aún no han sido vinculados formalmente al proceso", dijo la jueza Sandra Liliana Heredia.
Interceptación erronea
La juez Heredia manifestó que hubo una interceptación errónea de la línea telefónica ordenada por la Corte Suprema el 7 de marzo de 2018 para investigar a Nilton Córdoba Manlloma. La línea pertenecía en realidad al expresidente Álvaro Uribe Vélez
Lectura del fallo
"Aquí no hay lugar para la sospecha ni para el cálculo electoral ni para las lecturas interesadas. Lo que este juzgado ha hecho desde el inicio es cumplir su obligación constitucional y legal de resolver lo que el derecho permite resolver, ni más ni menos", dijo Heredia.
También manifestó: “sabemos que los ojos del país y de muchas partes del mundo están puestos sobre esta sala, sabemos que este juicio ha despertado pasiones, dividido opiniones y movilizado emociones, pero también sabemos algo más importante, el derecho no puede temblar sobre el ruido y la justicia no se arrodilla ante al poder”.
Inició la lectura del fallo contra Uribe
La jueza Sandra Liliana Heredia del Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá, pidió tener paciencia, pues el fallo tiene más de 1.000 páginas
¿Quiere publicar su edicto en línea?
Contáctenos vía WhatsApp