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Actualidad

Linio Colombia registró la marca mixta Jack & Brick ante la SIC

18 de junio de 2015

Paulo Andrés Durán G.


Canal de noticias de Asuntos Legales

¿La razón? Ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC)  fue solicitada y registrada la marca para las clases 14 y 25 de Niza.

A la solicitud se opuso Industrias Morarbe, que llevó el pleito a segunda instancia.

La opositora, firma fundada en 1987 en la ciudad de Medellín, se basó en la confusión que podrían presentar las marcas, por lo menos, en la clase 25, puesto que al ser pronunciados Jack & Brick, signo solicitado; y Brick, signo registrado; tienen un sonido equivalente. Acción que puede generar confusión en el consumidor desprevenido.

Hay que agregar que existe una relación competitiva entre los signos, pues las dos comercializan prendas de vestir y  ampararían similares productos en clase 25.

Estos fueron argumentos declarados por Industrias Morarbe ante el Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial para evitar el registro de la marca solicitada, Jack & Brink.

Para Ricardo López, abogado asociado de Cavelier Abogados en este tipo de casos, en el que las marcas en disputa tienen un elemento parecido “resulta clave la visión en conjunto de la marca, pues en  efecto, dos signos pueden contener elementos aislados idénticos o similares, sin embargo, es posible que al ser combinados con elementos adicionales pueden evitar el riesgo de confusión o de asociación en el mercado”.

Tras las consideraciones esbozadas por la opositora, la Delegatura entró a analizar la argumentación y dijo, que aunque los signos en disputa comparten la expresión Brick, que significa ladrillo en español, cada marca causa una expresión distinta en el consumidor, que hace que puedan coexistir en el mismo nicho de mercado.

Así mismo, la SIC estipuló que el impacto fonético, ortográfico y visual de la marca solicitada es diferente al de la registrada, pues la marca es una combinación de los términos Jack y Brick, que al ser analizada en conjunto no se asemeja con la opositora.

Con lo anterior, el despacho de la Delegatura, respaldó la decisión conferida por la Dirección de Signos Distintivos en marzo del presente año, por medio de la resolución Nº 11462.

La solución a la que llegó la Superintendencia fue analizada por  Catherine Zea, abogada de Muñoz Abogados, quien estuvo en desacuerdo porque “la marca solicitada reproduce el elemento que distingue la marca antes registrada, sin que los elementos adicionales sean lo suficientemente distintivos para evitar el riesgo de confusión”.

Aún así, cuando considere pertinente Linio Colombia podrá utilizar su marca registrada ante la autoridad.

Las opiniones

Ricardo López
Abogado asociado de Cavelier Abogados

“Aunque ambas marcas comparten el término Brick, el signo solicitado es una marca compuesta, que incluye un elemento gráfico de gran fuerza distintiva que permite que los consumidores no se confundan”.

Catherine Zea
Abogada de Muñoz Abogados

“No coincido con el fallo ya que la marca solicitada reproduce el elemento que distingue a la marca antes registrada, sin que los elementos adicionales sean muy distintivos para evitar el riesgo de confusión”.

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