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viernes, 18 de marzo de 2022

El alto tribunal dijo que el Banco AV Villas tiene 48 horas para restituir el dinero al Banco Agrario que fue transferido en contra de la EPS Coomeva

La Corte Constitucional determinó que los recursos que ingresan al Sistema General de Salud, por medio de las cotizaciones de los usuarios, no se pueden embargar. Esto mediante una decisión en la que le dio 48 horas al Banco Agrario para restituir más de $53.000 millones que fueron transferidos al banco AV Villas en contra de la EPS Coomeva, la cual se encuentra liquidada.

La Sala Novena de Revisión, con ponencia del exmagistrado Alberto Rojas Ríos, estudió una acción de tutela presentada por Coomeva, en la que alegaba que se había violado su derecho al debido proceso "por la orden de embargo que dio el juez sobre una cuenta maestra de recaudo". En estas cuentas, según la EPS, reposan los dineros utilizados para garantizar la operatividad de la entidad.

Para la Corte, el juez que tomó aquella decisión desconoció el precedente constitucional y vulneró los derechos fundamentales de la persona jurídica. "Los recursos del Sistema General de Salud que tienen como fuente las cotizaciones de los afiliados al sistema son públicos, tienen destinación específica y ostentan la calidad de inembargables", declaró la entidad judicial.

El fallo del Alto Tribunal ordena, entonces, a que el banco AV Villas reintegre la totalidad del dinero a Coomeva y que desbloquee la cuenta maestra de recaudo. Esto se dará a conocer mediante una circular emitida por la Superintendencia Financiera, también en 48 horas.

Por último, se hizo una solicitud ante el Consejo Superior de la Judicatura para que divulgue esta decisión en los despachos judiciales en los que los jueces deberán respetar este principio.

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