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  • Diego Alejandro Ospina Henao

lunes, 19 de diciembre de 2022

Estas son obras musicales, por lo que cuentan con este resguardo, para que ningun tercero pueda aprovecharse monetariamente

Las festividades de fin de año están cargadas de aspectos culturales que acompañan las celebraciones. La comida, los regalos, los viajes, los eventos religiosos, entre otros aspectos, están dentro de la época decembrina.

Los villancicos son aquellas piezas musicales que no faltan en estas fechas, ya sea para acompañar la cena navideña o rezar las novenas. Pero, ¿un villancico tiene alguna protección especial cómo los derechos de autor? ¿Se puede registrar un villancico para adquirir su protección?

Para el abogado de la firma Cavelier Abogados, Eduardo Varela Pezzano, los villancicos “son obras musicales como cualquier otra, y por lo tanto tienen protección bajo la figura del derecho de autor”. Esto quiere decir que son obras musicales que los colombianos utilizan en las festividades, por lo que, según Varela, los derechos de autor en estos casos pasan desapercibidos.

Además, resaltó que las personas que adapten un villancico en cualquier versión musical, ya sea salsa, merengue, reguetón, entre otros, incurrirán en la violación de los derechos de autor, al estar monetizando un producto previamente realizado. Es decir que, si una persona tiene como objetivo tener ganancias económicas con base en los villancicos, estos podrán enfrentar a sanciones y dar reparaciones a los daños causados, ya que el autor o autores de la pieza musical navideña podrían reclamar.

Adicionalmente, el experto recalcó que, si un villancico es muy viejo o cuenta con un gran periodo de tiempo, este pasa a ser dominio público y cualquier persona podría utilizarlo sin dañar, ni afectar la integridad y la imagen del autor. Pero, existen una serie de “reglas” a seguir dentro de este caso. El abogado explica que, “el derecho de autor solo dura la vida del autor y 80 años más para sus herederos. Cuando ya pasa ese tiempo el villancico pasa al dominio público”.

Sin embargo, el derecho moral de las obras es aquel que perdura en el tiempo. El abogado de la firma Seneor Abogados, Eduardo Guzmán, explica que esta parte del derecho de autor se basa en que "una persona es autora de una obra, pase los años que pase, pensadno en los grandes autores como Mozart, Vivaldi, entre otros, ellos siempre serán los autores de sus obras”. Esto mismo ocurre con los villancicos navideños.

Como ya se ha mencionado antes, los villancicos son obras musicales como cualquier otra pieza artística musical. Por esto, si una persona crea una canción de navidad y quiere protegerla de cualquier copyright, deberá presentarse ante la Dirección Nacional de Derecho de Autor, del Ministerio del Interior, para así poder presentar la solicitud y registrar el villancico, para su correspondiente protección.

Existen una seria de normas a cumplir en el momento del registro. Según la Dirección Nacional de Derecho de Autor si solo cuenta con la letra de la canción, deberá diligenciar el formulario de obra literaria inédita. Si solo cuenta con la canción grabada, deberá diligenciar el formulario de fonograma y adjuntar el audio en un archivo mp3. Si cuenta con la partitura y la letra, deberá diligenciar el formulario de obra musical y tener en un mismo archivo ambos soportes o textos. Por último, el título consignado en el formulario debe ser idéntico al que figure en la obra.

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