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Actualidad

Mantienen sanción contra exgerente del Acueducto de Bogotá por caso de basuras

La medida está relacionada con el modelo de recolección de basuras implementado durante la alcaldía de Gustavo Petro en 2012

28 de octubre de 2025

Valentina Sánchez Forero

vsanchezf@larepublica.com.co

Alberto José Merlano Alcocer, exgerente de la Empresa de Acueducto de Bogotá y actual miembro de la junta directiva de Ecopetrol.
Colprensa
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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechazó la solicitud presentada por la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, y su directora, Cielo Rusinque, para revocar la sanción impuesta a Alberto José Merlano Alcocer, exgerente de la Empresa de Acueducto de Bogotá y actual miembro de la junta directiva de Ecopetrol.

La medida está relacionada con el modelo de recolección de basuras implementado durante la alcaldía de Gustavo Petro en 2012, cuando se trasladó la operación del servicio a entidades públicas, entre ellas Aguas de Bogotá.

El fallo, fechado el 23 de octubre de 2025 y firmado por los magistrados César Giovanni Chaparro Rincón, Moisés Rodrigo Mazabel Pinzón y Óscar Armando Dimaté Cárdenas, concluyó que la solicitud de la SIC no cumplía con los requisitos legales para proceder con la revocatoria.

Según la decisión judicial, la Superintendencia no presentó las causales ni los argumentos jurídicos y probatorios necesarios que justificaran la revocación de la sanción. El Tribunal señaló que el comité de conciliación de la SIC no realizó un análisis claro sobre la legalidad del acto, ni explicó en qué se basaba su propuesta de revocatoria.

El documento también advierte que este tipo de solicitudes deben estar sustentadas en alguna de las causales establecidas en el artículo 93 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, como la oposición manifiesta a la Constitución o a la ley, el atentado contra el interés público o la existencia de un agravio injustificado a una persona. En este caso, ninguna de esas condiciones se acreditó.

Con esta decisión, el Tribunal determinó “no aprobar la oferta de revocatoria directa parcial de los actos administrativos demandados”, contenidos en las resoluciones 25036 del 21 de abril de 2014 y 53788 del 3 de septiembre del mismo año, con lo cual se mantiene la sanción contra Merlano.

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