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Actualidad

Menticol también podrá usar su oso en la marca, pese a la oposición de Familia

11 de abril de 2015

Geraldine Romero


Canal de noticias de Asuntos Legales

La pelea generada por esta marca se debió a que Familia consideraba que el signo solicitado, representaba un oso, que a su juicio reproducía las características de sus dibujos, que aparecían en varios productos de su portafolio, entre estos, el papel higiénico. “Ambos signos se componen exclusivamente de un oso sonriente de ojos grandes”.

La empresa opositora expresó que existían varias formas de evocar el concepto de un oso, presentando diferencias en los trazos y en la composición gráfica para evitar el riesgo de confusión. No obstante en este caso la marca Menticol no poseía las suficientes distinciones para ser comercializada.

Familia agregó que  un consumidor promedio podría pensar que la marca solicitada era una derivación de su empresa o que se trataba de una nueva línea de productos, induciendo así en un error de origen empresarial.

Ante estos sustentos dados por la parte opositora, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), comparó las dos  marcas y afirmó que Menticol, estaba formada por una caricaturesca  imagen de un oso polar, con un rostro sonriente, el cual sostenía un abanico, por el contrario a los registros previos de Familia que estaban conformados por tres osos sonrientes ubicados de medio lado, uno de ellos hacía alusión a la figura femenina que llevaba en su cabeza un moño.

Con este análisis la SIC determinó que las marcas previamente registradas estaban constituidas en gran parte por la imagen, y  que si bien los signos Familia y Menticol, presentaban semejanzas al tratarse de figuras de osos, cada uno tenía una disposición particular en el conjunto y por lo tanto se permitía su diferenciación e individualización por parte del consumidor, pues estaba en capacidad de reconocer que eran marcas distintas.

Santiago Peña, asociado de Brigard & Castro, expuso algunas de las diferencias de los signos: “las figuras de osos en conflicto contienen una cantidad de elementos que los diferencian sustancialmente, como lo es la raza de los osos, su postura, expresión y elementos adicionales como unas gafas de sol y un abanico”.

En este sentido, dijo, la Superintendencia acertadamente consideró que las marcas confrontadas podían coexistir en el mercado.

Por su parte, Helena Camargo, socia de Posse Herrera Ruiz, destacó que la comparación de marcas gráficas era muy particular. Puesto que  estas marcas eran fácilmente reconocidas por todos los consumidores, incluyendo los niños o quienes no sabían leer.

“Las marcas gráficas hablan un lenguaje universal. Por tanto, la doctrina ha considerado que habrá riesgo de confusión entre  ellas , cuando produzcan en el consumidor una misma impresión visual”, concluyó la experta.

Finalmente el ente regulador confirmó la decisión tomada por la Dirección y  advirtió que no procedía recurso alguno. 

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