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miércoles, 14 de agosto de 2013

El ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas Santamaría, no deberá pagar cuatro días de arresto, tal como lo ordenaban dos sanciones impuestas en su contra por el Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, por desatender lo ordenado en dos acciones de tutela.

Así lo determinó la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura al revocar las sanciones que se habían impuesto en contra de Cárdenas que también implicaban una multa de cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes. Las tutelas habían sido presentadas por extrabajadoras de la Fundación San Juan de Dios, quienes reclamaban por el no pago de las acreencias laborales hasta marzo de 2007. Esas tutelas fueron falladas en enero y febrero de 2008, ordenando el pago de los salarios y prestaciones sociales adeudadas a las exempleadas. Según explicó el presidente de la Sala Disciplinaria, magistrado Wilson Ruiz, el cumplimiento de las tutelas estuvo condicionado a que se estableciera la fecha en la que terminaron las relaciones laborales de los empleados con el Hospital San Juan de Dios. Ante eso la Corte Constitucional determinó que todas las relaciones de trabajo de los empleados del Hospital San Juan de Dios iban solo hasta octubre de 2001, por lo que no se debían pagar las acreencias entre 2001 y 2007 como ordenaban las tutelas. Según el magistrado Ruiz “en estos casos no hubo desacato por lo que fue absuelto el ministro Cárdenas Santamaría”. Contra Cárdenas existen otras cinco sanciones similares a las que se fallaron este martes, todas fueron proferidas por la Seccional Bogotá de la Judicatura e implican en total 10 días de arresto al Minhacienda. Esas determinaciones fueron proferidas en primera instancia y en estos momentos están en revisión, en segunda instancia, en el Consejo Superior de la Judicatura, por lo que no pueden hacerse efectivas hasta que sean decididas.

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