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Actualidad

Ministerio de Salud deberá reglamentar la eutanasia

31 de marzo de 2015

Colprensa


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Este plazo fue concedido en la Sentencia T-970 de 2014, que fue dada a conocer hasta el pasado 17 de febrero. Aunque no se tiene con exactitud la fecha en que el Ministerio fue notificado, contando desde el día 17, los 30 días vencerían el primero de abril.

En auto del 26 de marzo pasado, la Sala Novena de Revisión de tutelas del alto tribunal negó la petición elevada por el Ministerio para ampliar el plazo hasta seis meses, al indicar que ese lapso era considerado por los “expertos como razonable para adoptar tanto el protocolo como las directrices respectivas”.

En la petición, el Ministerio de Salud, encabezado por Alejandro Gaviria, también pedía la realización de una audiencia especial para exponer algunos puntos “que tienen que ver con la operatividad del procedimiento en todo el territorio nacional”.

La Corte señaló que no podía modificar un fallo de tutela que ya hizo tránsito a cosa juzgada y que no había errores aritméticos en la misma como para conceder el plazo.

Además, se reiteró que en la Sentencia T-970 de 2014 ya se definió el procedimiento que los médicos deben cumplir para “garantizar la plena vigencia del derecho a la muerte digna”.

En 1997 se despenalizó el homicidio por piedad y desde esa fecha la Corte la había exhortado al Congreso para que regulara la eutanasia sin que el Legislativo lo hubiera hecho.

Las pautas de la corte
Para poder aplicar la eutanasia es necesario que el paciente padezca una enfermedad terminal, calificada por un especialista, que produzca intensos dolores que le causen sufrimiento. No obstante, ese sufrimiento no puede ser valorado por un médico para que no vulnere su dignidad.

“Será la dignidad del paciente la que determine qué tan indigno es el sufrimiento causado, aunado a los exámenes médicos”, dice la Corte. El Ministerio de Salud deberá crear un Comité Interdisciplinario para que “cumplan varias funciones cuando se esté en presencia de casos en los que se solicite morir dignamente”. Los médicos que consideren que esta práctica va en contra de sus convicciones personales deberán exponerlo por escrito para que en 24 horas sea reasignado otro profesional.

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