Olímpica debe entregar información sobre prácticas en los procesos de carne de res
La Corte Constitucional resolvió que Olímpica debe informar en qué departamentos o municipios están ubicados sus proveedores
22 de enero de 2025
La Sala Quinta de Revisión protegió los derechos de petición y acceso a la información de un periodista que solicitó a Supertiendas y Droguerías Olímpica información sobre sus medidas para evitar que la comercialización de carne de res contribuyera a la deforestación en zonas protegidas y Parques Nacionales Naturales de Colombia.
El periodista presentó la tutela tras tres años de investigación sobre las “zonas grises de trazabilidad” de la carne proveniente de áreas deforestadas en la Amazonía. Su investigación reveló que parte de la carne consumida en el país podría originarse de ganado criado en pasturas ubicadas en zonas protegidas en proceso de deforestación.
Al analizar el caso, la Corte destacó que en los últimos años el sacrificio formal de bovinos ha disminuido, mientras que el sacrificio informal ha aumentado, impulsado por factores como el contrabando y la clandestinidad. Asimismo, subrayó que el sacrificio ilegal no solo afecta al sector ganadero formal, sino que también es uno de los principales responsables de la deforestación en la Amazonía.
En este caso, la Corte concluyó que Olímpica S.A. no respondió de manera completa a los cuestionamientos del periodista. Además, justificó la no entrega de la información alegando secretos empresariales, sin explicar cómo los procedimientos para verificar el origen de su carne podrían representar una ventaja competitiva en el mercado por su carácter reservado.
La Corte enfatizó que no todos los procesos internos de una empresa califican como secretos empresariales. Solo aquellos que proporcionen un beneficio económico derivado de su confidencialidad están protegidos bajo las normas de propiedad intelectual.
Asimismo, el tribunal señaló que Olímpica se limitó a informar que sacrificaba su ganado en plantas de beneficio certificadas y que las reses adquiridas contaban con guías de movilización. Sin embargo, destacó que el uso de estas guías no elimina el riesgo de “blanqueamiento de ganado”, ya que existe la posibilidad de mezclar reses con animales de origen no permitido o utilizar guías de otros propietarios para comercializar ganado de manera irregular sin ser detectado.
Por tanto, la Corte resolvió que Olímpica debe informar en qué departamentos o municipios están ubicados sus proveedores; si se han adelantado estrategias, acuerdos o alianzas con los proveedores, el Gobierno Nacional u organizaciones no gubernamentales, que propendan por la conservación de los bosques, el cumplimiento de la frontera agrícola nacional y el seguimiento satelital de las reses compradas.
Igualmente, si realiza compras de ganado en concentraciones, centrales de compra, ferias o subastas, y cuáles son los lugares de origen y los porcentajes proporcionados por cada tipo de proveedor y si cuenta con mecanismos para verificar que sus proveedores no se encuentren dentro de zonas protegidas o Parques Nacionales Naturales.
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