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lunes, 3 de octubre de 2016

¿Qué mecanismos existen actualmente en materia aduanera y de comercio exterior para optimizar operaciones?

Los mecanismos van desde regímenes de importación suspensivos y de consumo, hasta el aprovechamiento de preferencias arancelarias y sistemas especiales de importación-exportación. Resaltamos tres mecanismos: 

i) La admisión temporal para reexportación en el mismo estado, antes conocida como importación temporal, permite la suspensión total o parcial de impuestos y derechos a la importación de ciertas mercancías, cuando sean reexportadas sin ser modificadas en el territorio aduanero nacional.

ii) El pago diferido de derechos de aduana e impuestos a la importación disponible para los regímenes de importación para el consumo de bienes de capital y sus partes, y de importación temporal de mercancías alquiladas, o con contrato de leasing, y para los operadores económicos autorizados o usuarios de confianza. 

iii) Los sistemas especiales de importación-exportación permiten la admisión temporal al territorio aduanero colombiano de insumos, materias primas, bienes intermedios, bienes de capital y repuestos con exención o suspensión de derechos e impuestos a la importación o con no causación o diferimiento del IVA. Estos bienes deben emplearse en la producción de bienes de exportación o estar directamente vinculados a su producción y exportación.

¿Existen alternativas en las normas tributarias para optimizar operaciones aduaneras?

Sí. Dentro de estas alternativas están las importaciones que no causan IVA como son: las importaciones de materias primas e insumos para la producción de bienes vendidos exclusivamente en el extranjero, la admisión temporal de maquinaria pesada para industrias básicas que no se produzca en el país, y la importación de equipos con certificados de reducción de emisiones de carbono que contribuyan al desarrollo sostenible. 

Por otro lado, dentro de los ingresos que no se consideran de fuente nacional (beneficio en renta) están los obtenidos de la venta de mercancías de propiedad de sociedad extranjera o personas sin residencia en el país, introducidos desde el exterior a centros de distribución de logística internacional en puertos marítimos. Tampoco se consideran de fuente nacional, los créditos para operaciones de comercio exterior, obtenidos de instituciones financieras. Estos ingresos no generan obligaciones tributarias formales o sustanciales. 

¿El denominado nuevo Estatuto Aduanero contempla opciones de optimización a nivel logístico de las operaciones aduaneras?

Sí. La Dian podrá autorizar o calificar a los importadores, exportadores y usuarios de comercio exterior en exportadores autorizados, operadores económicos autorizados y usuarios de confianza, otorgando beneficios en el desarrollo de sus operaciones, en temas como la constitución de garantías, el pago diferido de los derechos e impuestos y la agilización de trámites aduaneros permitiendo una optimización logística de sus operaciones. 

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