Procuraduría inhabilitó a Olmedo López por 18 años y a Sneyder Pinilla por 20 años
La entidad confirmó que pagaron más de $16.000 millones en sobrecostos por la compra de 40 carrotanques, 54% más del precio real
31 de julio de 2025
La Procuraduría General de la Nación, en fallo de segunda instancia, sancionó, destituyó e inhabilitó a Olmedo de Jesús López Martínez, exdirector de la Unidad para la Gestión de Riesgo de Desastres, Ungrd, por 18 años, y a Sneyder Augusto Pinilla Álvarez, exsubdirector de Manejo de Desastres, por 20 años, por el pago de sobrecostos en la adquisición de 40 carrotanques, que eran destinados para abastecer a la comunidad de La Guajira de agua potable.
Según la investigación de la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento, López y Pinilla participaron en actividades de detrimento del patrimonio público al comprar dichos vehículos y cancelar sobrecostos mayores a los $16.000 millones, equivalentes a $412 millones por unidad de carrotanque y 54% más de los precios reales del mercado. El exsubdirector fue quien elaboró la orden de proveeduría y el exdirector fue el encargo de ratificarla y autorizar el pago de los recursos al contratista.
El ente de control confirmó que Pinilla ratificó su participación en la gestión del negocio de la compra de los carrotanques, "omitió el hecho de que las tres cotizaciones recibidas superaban ampliamente el precio real del mercado y avaló el pago de los valores sin tener en cuenta los evidentes sobrecostos".
La Procuraduría constató que el exsubdirector certificó haber recibido los 40 vehículos adquiridos sin que el contratista ejecutara su parte del contrato ni diera cumplimiento a los fines previstos para estos, la respuesta humanitaria en La Guajira.
El exsubdirector general de la Ungrd, Víctor Andrés Meza Galván, también fue destituido e inhabilitado por 10 años, pues se demostró que fue el encargado de rubricar la ratificación de la orden de proveeduría para facilitar el pago a la contratista por parte de la fiduciaria la Previsora, por lo que también habría participado en el detrimento del patrimonio. "Su comportamiento irregular se calificó como falta gravísima cometida a título de culpa gravísima por desatención elemental de sus deberes como exdirector general", constató la entidad.
En vista de los hechos, la Procuraduría reiteró que el comportamiento de los exfuncionarios fue en contra de los "principios de moralidad, eficacia y economía que rigen la función pública" y calificó sus conductas como faltas gravísimas cometidas a título de dolo.
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