Procuraduría y Contraloría emiten directrices para uso de regalías en periodo electoral
El documento busca lograr prevenir irregularidades en el uso de fondos públicos durante las próximas jornadas electorales de 2026
11 de febrero de 2026
La Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República emitieron la Circular Conjunta 01 de 2026, dirigida a los ejecutores de recursos del Sistema General de Regalías y a los servidores públicos del Estado.
El documento establece orientaciones para la protección de estos fondos en las etapas de aprobación, designación de ejecutores y contratación durante los procesos electorales del periodo 2026-2030. Las entidades de control fundamentan esta acción en el deber constitucional de coordinar sus actuaciones para el cumplimiento de los fines del Estado y la vigilancia del patrimonio público.
El texto señala que los proyectos de inversión financiados con estos recursos deben estar incorporados en los planes de desarrollo territorial y cumplir con el ciclo de inversión, contando con estudios y diseños definitivos.
Se especifica que la cercanía de las restricciones de la Ley de Garantías no exime a los responsables de presentar estudios técnicos, legales y financieros completos y actualizados. Asimismo, la designación de las entidades ejecutoras debe basarse en sus capacidades administrativas, financieras y en los resultados de su desempeño previo.
Respecto a la contratación, los organismos de control recordaron que las entidades deben sujetarse al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y utilizar de forma obligatoria los documentos tipo para obras públicas e interventoría.
El documento recalca la obligación de gestionar los procesos a través de la plataforma Secop y publicar de manera inmediata todos los actos administrativos relacionados con la selección de contratistas. También se enfatiza la observación estricta del régimen de conflictos de interés por parte de los servidores públicos intervinientes.
La circular precisa que la intervención de la Procuraduría y la Contraloría se circunscribe al seguimiento preventivo y la formulación de advertencias sobre riesgos de pérdida patrimonial. Además, se aclara que estas actuaciones no comportan una autorización previa, aval o coadministración de los proyectos. El control posterior y selectivo se mantiene como la herramienta para evaluar la ejecución de los recursos una vez finalizados los procesos por parte de los gestores fiscales.
Los jefes de los organismos de control determinaron que el incumplimiento de estas directrices o el uso de criterios distintos a los legales en la ejecución de los recursos puede derivar en responsabilidades disciplinarias y fiscales.
La autonomía administrativa de las entidades territoriales debe ejercerse bajo los principios de transparencia, moralidad e imparcialidad. El documento fue suscrito por el Contralor General, Carlos Hernán Rodríguez Becerra, y el Procurador General, Gregorio Eljach Pacheco.
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