¿Pueden quitarle el apellido a un hijo si padre incumple con sus obligaciones de ley?
La omisión, supresión o modificación del apellido de uno de los padres requiere de autorización judicial previa
23 de mayo de 2025
El cantautor Ruben Blades inmortalizó en una de sus canciones una de las frases más icónicas de la salsa de la década de 1990: ‘Solo quien tiene hijos entiende que el deber de un padre no acaba jamás’. Sin embargo, no todos los hogares son iguales y en muchos de ellos los progenitores no cumplen con sus obligaciones.
Las disputas por la custodia de los hijos es tortuosa y puede ser desgastante para las partes involucradas. ¿Qué pasa en los escenarios en los que uno de los padres incumple sus obligaciones? ¿Puede quitarle el apellido por no hacerlo?
Según José Yecid Córdoba, gerente de Abcm Abogados Asesores, “no existe ningún escenario en el que una persona que incumpla las obligaciones que tiene como padre o madre, permita eliminar la filiación que tiene con el menor, eliminando su apellido”.

De hecho, la única opción posible para realizar este trámite es bajo las condiciones de la filiación adoptiva, pues allí se destruye la filiación biológica y se genera un nuevo lazo de familia entre el hijo adoptivo y los padres adoptantes. “En ese evento el hijo empieza a llevar en adelante los apellidos de los padres adoptantes”.
Andrea Elizabeth Cárdenas Cortés, abogada de familia en Victoria Riveros Abogados, explicó que la normativa, en su artículo 2 de la Ley 2129 de 2021, señala que la omisión, modificación o supresión del apellido de uno de los padres, sin consentimiento o autorización judicial previa, puede dar lugar a acciones legales como demandas o denuncias, dependiendo de la situación.
Para los casos en los que el progenitor afectado solicita la corrección del documento ante un juez de familia y existe oposición, la abogada aseguró que el afectado podrá imponer una demanda contenciosa en contra de la persona que quiere alterar el registro. Si por el contrario el progenitor afectado no ha sido reconocido, este deberá presentar una demanda de investigación de paternidad o maternidad en la que, una vez se declare el vínculo, se podrá solicitar judicialmente la modificación del registro.
En los casos en los que se compruebe que hubo una alteración dolosa, el progenitor afectado podrá pedir ante un juzgado la nulidad parcial del registro y presentar una denuncia penal por falsedad en documento público.
“La inscripción, modificación o supresión del apellido de un progenitor con reconocimiento vigente, sin su consentimiento ni orden judicial, podría incurrir en los delitos de falsedad en documento público, falsedad personal y fraude procesal, que aplica para los casos en los que el documento adulterado se presenta ante autoridades judiciales o administrativas”, explicó.
Con respecto a cómo esto podría afectar la custodia, Daniela Carrillo, abogada en derecho de familia de Legal Bud, explicó que si un padre o madre actúa de manera que vulnera los derechos fundamentales del menor, como es el hecho de ocultarle parte de su identidad, “puede ser considerado por el juez como un indicio de que no está actuando en el mejor interés del menor”.
Por ello, podría ordenar la revisión, o incluso el cambio, de la custodia. “El sistema legal colombiano reconoce que el apellido no es solo una formalidad, es parte esencial de la identidad del niño”, aseguró Carrillo.
Guillermo Alberto Ortiz Castaño, docente de la Fundación Universitaria Agraria de Colombia en el área de derecho privado, también agregó que “la omisión del apellido podría ser interpretado como una falta de compromiso en el bienestar y la identidad del niño y la instrumentalización del menor para fines personales”.
Aunque esta situación no es justificable, Ortíz dijo que hay ciertas situaciones excepcionales en las que se podría sustentar la supresión del apellido de forma unilateral, siempre y cuando el padre demandado sustente pruebas específicas.
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