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Judicial

¿Qué pasa si me gasto el dinero que me enviaron a mi cuenta de Nequi por error?

El artículo 252 del Código penal señal que por no devolver el dinero representa un delito de aprovechamiento de error ajeno o caso fortuito

27 de junio de 2025

Santiago Rodríguez Morales


Canal de noticias de Asuntos Legales

Las billeteras digitales se convirtieron en el pan diario de gran parte de los colombianos. Seguramente, en muchos comercios, usted ha escuchado a algún cliente preguntar si reciben Nequi o Daviplata, para pasar dinero de manera sencilla y rápida o pagar alguna factura pendiente.

Con solo su número de celular, usted puede abrir una cuenta en las diferentes plataformas. De hecho, el acceso a servicios financieros en Colombia ha crecido 94% en los últimos años, según la Superintendencia Financiera. Sin embargo, en muchas ocasiones, por el afán o no conocer el número correcto del destinatario, puede que envíe o reciba erróneamente dinero. Pero ojo, eso no significa que se pueda quedar con esa plata para gastársela, porque incurriría en delitos sancionables y con usted tras las rejas.

Juan Franciso Navarrete González, abogado en la firma Navarrete Abogados, aclaró que quien recibe dinero por error está legalmente obligado a devolverlo, ya que no le pertenece. “No hacerlo podría considerarse un delito de ‘aprovechamiento de error ajeno o caso fortuito’ (art 252, CP), con penas de prisión”.

El Código Penal estipula que, aunque el ingreso se haya generado por error, continúa perteneciendo a la otra persona, por lo que gastar este activo puede terminar en penas de 16 a 54 meses de prisión. “La pena será en este intervalo cuando la cuantía no exceda de 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes”, dijo.

También se debe tener en cuenta el artículo 249 del Código Penal, correspondiente al abuso de confianza. Allí se especifica que si alguien se queda con algo de valor que no le pertenece, pero que otra persona le había prestado, alquilado, o se lo había dado a guardar, esa persona podría ir a la cárcel por un tiempo de entre 16 meses y 6 años y, además, tendría que pagar una multa entre 13,33 hasta 300 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

LOS CONTRASTES

  • Juan Francisco Navarrete Abogado de Navarrete Consultores

    “Las plataformas tienen líneas de atención y protocolos internos para reportar transferencias erróneas. El remitente puede solicitar la reversión de la transacción y la plataforma puede contactar al receptor”.

“En materia de pagos digitales, la mala fe está encaminada a ser consciente que usted no debía esa plata o viceversa”, aseguró Andrés Gámez, socio fundador de AGR Abogados.

En caso tal de que ya haya gastado el dinero, se encuentra en la obligación de restituirlo. “Si no se devuelve voluntariamente, la persona puede ser denunciada penalmente. Incluso si el dinero fue gastado de buena fe, se debe responder, salvo casos excepcionales de error completamente involuntario”, afirmó Navarrete.

Debe tener en cuenta que esto es un tema de moralidad y depende mucho de su voluntad si prefiere o no regresar este ingreso. “El agravante es por apropiarse de algo de mala fe, porque si usted se apropia de algo de mala fe, no solamente debería intereses corrientes sobre esas sumas de dinero, sino que además hay mayor probabilidad de incurrir en el delito de aprovechamiento de error ajeno, en la medida en lo que el dolo, o sea la intención y voluntad de apropiarse de algo que no es suyo, es lo que activa el delito penal”, añade Gámez.

En casos extremos, las cuentas pueden llegar a ser embargadas solamente bajo una orden judicial. Esta acción será solicitada por la persona afectada, lo que sería un embargo preventivo dentro del proceso judicial que se esté llevando a cabo, ya sea civil o penal. Cabe aclarar que en los procesos declarativos no procede el embargo, salvo que se pida como una medida cautelar atípica. En estos casos, tenga la tranquilidad de que los bancos no pueden tomar la decisión de manera automática, por lo que se debe tener una orden superior.

¿Y si soy el afectado?

Si usted fue la persona afectada, debe tener en cuenta ciertos aspectos para recuperar su dinero. “Primero, debe contactar al banco y reportar el error. Si el destinatario se niega a devolver el dinero, se puede iniciar una reclamación formal ante el banco y, si es necesario, emprender acciones legales por apropiación indebida, especialmente si el destinatario se niega a devolver el dinero”, mencionó Navarrete. El abogado agregó que existe otra opción en la que puede solicitar la devolución mediante mecanismos internos del banco o medidas cautelares para inmovilizar fondos.

En cuanto al tiempo, la acción civil establece que, para reclamar el dinero recibido por error, prescribe en 10 años, de acuerdo al artículo 2536 del Código Civil colombiano.

“En cuanto a la acción penal, si el receptor se apropió del dinero sabiendo que no era suyo, el delito de hurto por error ajeno o abuso de confianza prescribe generalmente en cinco años, según el artículo 83 del Código Penal, aunque este término puede variar si se trata de cuantías mayores o hay agravantes”, comentó Navarrete.

También recomiendan que, si los honorarios de abogados y otros gastos, son superiores al monto por el que se llevó la acción, es más barato no hacer nada.

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