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  • Diego Alejandro Ospina Henao

viernes, 9 de septiembre de 2022

Los trabajadores podrán pedir un auxilio de pago parcial para la financiación y construcción de su casa propia con distintas entidades

Comprar vivienda propia durante estos tiempos parece una tarea complicada y son varios factores que afectan esta decisión, pero una de estas es la financiación. Sin embargo, existen normas las cuáles protegen y ayudan a los trabajadores a conseguir casa propia.

El Código Sustantivo del Trabajo (CST) vela, de manera legal, por los derechos de los trabajadores en el campo laboral. Por esto, en el artículo 256 de Financiación de Viviendas dice que, “los trabajadores individualmente, podrán exigir el pago parcial de su auxilio de cesantías para la adquisición, construcción, mejora o liberación de bienes raíces destinados a su vivienda”. Sin embargo, el valor solicitado no puede ser mayor para la financiación total.

Además, la ley establece que los empleadores también pueden hace préstamos a sus trabajadores sobre el auxilio de cesantías. Cabe resaltar que las cesantías son una prestación social que el empleador debe pagar a sus trabajadores, adicional a su salario común.

¿Cómo se aprueban los prestamos a los trabajadores?

El artículo esclarece que se aprobarán los préstamos, anticipos y pagos, siempre y cuando el trabajador pertenezca al régimen de cesantías y, con respecto a los fondos, debe estar dentro de la Ley 50 de 1990 y la Ley 91 de 1989, la cual habla sobre el Fondo de Prestaciones Sociales del Magisterio. Cuando se hayan cumplido con estos requisitos, el trabajador debe presentar por escrito ante el Magisterio, que el dinero será invertido para la financiación de su vivienda.

¿Cuánto tiempo tarda la aprobación de los préstamos de las cesantías?

Luego de hacer la formulación para el pago, con todos los requisitos legales, el empleador o el fondo de cesantías deberán pagar el valor y aprobar dentro de los siguientes cinco días hábiles. Sí no se realiza la entrega del valor monetario correspondiente, el trabajador podrá solicitar la intervención del Ministerio, para que este haga que el empleador o el fondo realicen el pago correspondiente. Sí no se cumple esto, los responsables tendrán multas.

¿Cuáles son las funciones del empleador y el trabajador dentro de la financiación de vivienda?

El CST establece que los empleadores podrán generar planes de vivienda con entidades oficiales, semioficiales o privadas, para el beneficio de los trabajadores. Esto solo se da con la autorización de las dos partes y del Ministerio del Trabajo. En cambio, los trabajadores podrán exigir estos pagos con las mismas entidades, ya sean oficiales, semioficiales o privadas. Además, luego de la aprobación, los empleados no tendrán que volver a realizar este proceso, para la autorización de otros préstamos futuros.

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