En este sentido, la Superservicios instó a los prestadores a que efectúen la actualización respectiva o se proceda a solicitar la cancelación del registro de la empresa en el Rups.
En caso de no recibir información alguna por parte de las empresas, la Superintendencia Delegada para Energía y Gas Combustible procederá a efectuar la cancelación de oficio de conformidad con lo establecido en las resoluciones mencionadas.
La entidad enfatizó en que esta acción es un riesgo inminente de pérdida de recursos públicos, debido a que la ANT no puede registrar contablemente el predio en sus activos
La entidad enfatizó en que esta acción es un riesgo inminente de pérdida de recursos públicos, debido a que la ANT no puede registrar contablemente el predio en sus activos