
miércoles, 9 de septiembre de 2015
En este sentido, la Superservicios instó a los prestadores a que efectúen la actualización respectiva o se proceda a solicitar la cancelación del registro de la empresa en el Rups.
En caso de no recibir información alguna por parte de las empresas, la Superintendencia Delegada para Energía y Gas Combustible procederá a efectuar la cancelación de oficio de conformidad con lo establecido en las resoluciones mencionadas.
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