En este sentido, la Superservicios instó a los prestadores a que efectúen la actualización respectiva o se proceda a solicitar la cancelación del registro de la empresa en el Rups.
En caso de no recibir información alguna por parte de las empresas, la Superintendencia Delegada para Energía y Gas Combustible procederá a efectuar la cancelación de oficio de conformidad con lo establecido en las resoluciones mencionadas.