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Actualidad

Time Inc no logra registrar dos de sus cuatro solicitudes de la marca Fortune

14 de diciembre de 2013

Mateo Jaramillo


Canal de noticias de Asuntos Legales

Time Inc es una corporación estadounidense dueña de algunos de los medios más importantes en el mundo. De su portafolio hacen parte la cadena de televisión CNN, la revista Time y los estudios de cine Warner Bros.

Sin embargo, dos de las cuatro solicitudes para registrar la marca Fortune no han sido concedidas por la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC.

En febrero de este año los representantes legales de la corporación pidieron el registro del nombre ‘Fortune’ para identificar los productos de las clases 9, 16, 35 y 41 de la Clasificación de Niza.

En agosto, la SIC le otorgó esa expresión para distinguir papel y artículos de papel (clase 16), y servicios de educación y esparcimiento (clase 41); pero le negó la marca para diferenciar en el mercado publicidad y negocio (clase 35), y para los aparatos de medios digitales (clase 9).

El director encargado de Signos Distintivos, Ricardo Camacho, encontró en el archivo de la Superintendencia la marca Fortuna (clase 35) y Fairy’s Fortune, de la (clase 9).

Según los documentos digitales de la SIC, por el momento no hay apelación del bufete Brigard & Castro, apoderado de la corporación de medios, para pedir la revocación de la negación en la clase 35, pero sí para argumentar por qué el nombre ‘Fortune’ puede coexistir en el mercado con la expresión ‘Fairy’s Fortune’ sin que haya riesgo de confusión en los consumidores.

Esta marca está bajo la titularidad de la multinacional estadounidense WMS Gaming Inc, que si bien no se opuso a la entrada del registro de Time Inc, sí fue el obstáculo.

La empresa fue fundada en 1943 por el ingeniero de la Universidad de Standford, Harry Williams, que innovó en la industria de los videojuegos y las apuestas en línea.

En el análisis que realizó Camacho sobre la similitud de las marcas, explicó que “el signo solicitado reproduce en su totalidad la estructura gramatical y ortográfica de uno de los elementos esenciales de la marca precisamente registrada y, pese a la supresión de elementos nominativos, no existe una clara diferenciación con el signo solicitado”. Así mismo, para el Despacho fue relevante la semejanza que podría existir en la pronunciación de los consumidores.

Por tal razón, en junio negó el registro y dejó la posibilidad de apelar la decisión ante el superintendente delegado para la Propiedad Industrial.

Dos meses después, el abogado de Brigard & Castro, Juan Pablo Cadena, presentó el recurso de apelación y los argumentos para revocar la decisión de primera instancia de la SIC.

Para Cadena “existen claras diferencias” que evitan la confusión de los consumidores ante el reconocimiento de las marcas. Una de ellas es el aspecto visual, pues sobre la palabra ‘fairy’s’ recae la atención del público y deja en un segundo plano la expresión ‘fortune’. Argumento que reforzó con el hecho de que la primera marca tiene dos palabras que la componen mientras que la segunda tiene solo una.

De otra parte, la pronunciación de las palabras, por estar en lengua inglesa, es totalmente diferente, y su significado es aún más distinto.

“La marca solicitada significa ‘fortuna’ en español, mientras que la marca registrada significa ‘fortuna de hadas’ (...) un concepto totalmente diferente que, en todo caso, quedará grabado en la mente de los consumidores como dos ideas totalmente diferentes”, expuso el abogado.

Por último, el representante hace referencia a lo dicho por el Tribunal Andino en un proceso de 2001 al referirse a los productos de consumo selectivo. “Para los productos que están destinados a cierta clase de consumidores, los cuales tendrán un costo mayor o que solo pueden ser adquiridos por profesionales, el examen puede ser más benevolente porque el consumidor prestará un cuidado mucho mayor”.

Hasta el momento no ha habido respuesta de la SIC.

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