Todo lo que debe saber sobre la reventa de boletería en eventos masivos
Para los eventos deportivos la boleta se vincula al documento de identidad del comprador, de acuerdo con el Decreto 1622 de 2022
03 de julio de 2026
La llegada de artistas de talla internacional como Arcángel, BTS o Karol G a los escenarios principales del país con sus espectáculos impulsa y moviliza más de $830.000 millones dentro de la economía colombiana, de acuerdo con datos del Dane, además de impactar directamente los sectores de turismo, hotelería y crear una economía paralela con la venta de alimentos, mercancía y transporte. Sin embargo, estos eventos también son utilizados por los delincuentes para estafar a los aficionados con el fraude en la reventa de boletería.
En general, la estafa es un fenómeno cada vez más común en Colombia, sobre todo en medios digitales y redes sociales. Allí abunda la llamada reventa de boletas para los grandes eventos musicales y deportivos. Las denuncias por estafa han llegado a picos históricos en los últimos años: la Policía Nacional recibió más de 107.000 casos en 2023 y solo el año pasado reportó más de 91.000. Gran parte de estos fraudes opera a través de medios de comunicación y redes sociales.

Aquí es importante aclarar que la reventa de boletería para eventos masivos no es un delito y no se encuentra regulada de forma específica. “La reventa entre particulares no está prohibida per se, sino que opera bajo el principio de libertad de precios y de autonomía contractual, por lo que solo resulta sancionable cuando deriva en conductas de otra naturaleza, como la estafa o la falsedad”, explicó Lorenzo Villegas, socio de SerranoMartinez CMA.
No obstante, en el caso de la reventa para eventos deportivos, sí existe un tipo de regulación, contemplada en el Decreto 1622 de 2022. Este implementó la boletería nominativa, asociada al documento de identidad de quien adquiere la entrada, así que en la práctica dificulta el fraude.
¿Qué puedo hacer si me estafan?
Si es víctima de un fraude relacionado con la reventa de boletería para un evento, lo primero que debe hacer es recopilar todas las pruebas de la situación, en especial la evidencia previa a la transacción que pueda demostrar el engaño, como mensajes, audios, comprobantes de pago y perfiles de redes sociales.
Lo segundo que debe hacer es solicitar la revisión del pago, en el caso de que lo haya realizado mediante canales digitales. Usted tiene plazo para solicitar la reversión del pago en un plazo máximo de cinco días hábiles desde que tuvo noticia del fraude. Luego, usted debe iniciar el trámite penal correspondiente ante la Fiscalía y hacer la denuncia con la Policía.
Si el valor del fraude está entre los 10 y los 150 salarios mínimos legales mensuales vigentes, el proceso requiere interponer una querella. En cambio, si supera los 150 smmlv, usted debe entablar una denuncia formal ante las autoridades correspondientes.
¿La SIC puede intervenir?
La Superintendencia de Industria y Comercio tiene un alcance limitado en los casos de fraude en reventa de boletería. Esta solo puede intervenir para investigar y sancionar a las plataformas formales y tiqueteras comerciales, por lo que no tiene competencia para vigilar a ciudadanos que hacen reventas informales en el mercado.
“Si la transacción ocurrió exclusivamente entre dos particulares en una red social, un grupo de mensajería o una plataforma informal, la SIC normalmente carece de competencia para resolver ese conflicto”, puntualizó Juan Francisco Navarrete González de Navarrete Consultores.
La usura y la reventa
Si usted compra una entrada para un concierto y un revendedor le exige un sobrecosto desproporcionado, esto no configura técnicamente un caso de usura. La explicación es simple: en la legislación colombiana, la usura y la reventa con sobreprecio son fenómenos distintos y reciben tratamientos jurídicos diferentes.
Según el artículo 305 del Código Penal, la usura se aplica exclusivamente al cobro excesivo de intereses en créditos o financiación. La reventa de entradas es una compraventa de contado sobre un bien cuyo precio no está regulado por el Estado. “En la reventa de boletería no hay préstamos ni cobro de intereses, solo se fija el precio de un bien. Por eso, un sobrecosto elevado no configura el delito de usura”, señaló Navarrete.
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