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Actualidad

Trámites de la Antv deben respetar las libertades de expresión y empresa: Consejo de Estado

27 de octubre de 2016

Colprensa


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La demanda de nulidad fue presentada por las Sociedades Caracol Televisión S.A., y RCN Televisión S.A., al argumentar que algunos apartes de esa Resolución atentaban contra la libertad de expresión, difusión y operación.

La Sección Tercera estudió el caso y encontró que esos artículos de la Resolución demandada imponen una restricción al concesionario del servicio de televisión, al establecer que “bajo ninguna circunstancia el concesionario podrá radiodifundir señales desde la estación de televisión, hasta que la Antv le informe mediante comunicación escrita al concesionario, que se encuentra autorizado para iniciar operaciones”.

Según la Sala, la Antv no puede imponer al beneficiario de la asignación de frecuencias la carga de obtener una autorización posterior para el inicio de operaciones de radiodifusión, trámite administrativo que priva al nuevo concesionario de explotar la frecuencia asignada hasta tanto la Autoridad comunique el permiso para iniciar operaciones.

“El legislador expresamente otorgó competencia a la Autoridad Nacional de Televisión para asignar las frecuencias a los concesionarios del servicio de televisión, pero nada señaló sobre la pretendida competencia de esa Autoridad para imponer al concesionario una autorización posterior”, indica la sentencia.

Para la Sección Tercera, la Antv, por vía administrativa, pretende imponer limitaciones a los derechos de libertad de expresión y libre iniciativa privada, lo cual significa un quiebre a los cimientos del Estado Social y Democrático de Derecho.

“Si se aproxima el análisis del asunto desde la perspectiva de los medios de comunicación en tanto empresas protegidas convencional y constitucionalmente, se advierte que cualquier restricción indebida a su actividad lucrativa implica una afectación para el desarrollo de su objeto social”, puntualiza el fallo.

En este caso, la restricción a la libertad de expresión tiene lugar cuando se limita la posibilidad de emitir la señal de televisión que fue adjudicada con el pretexto de constatar el cumplimiento de ciertas condiciones técnicas, lo que constituye una restricción desproporcionada a esta libertad por parte de la Antv.

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