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  • Natalia Arteaga

viernes, 27 de junio de 2014

La acción de tutela se habría instaurado para no acatar decisiones de la SIC, que condicionaban la participación de la EEB al cumplimiento de unas condiciones encaminadas a proteger la competencia y evitar el aumento de precios de la energía en perjuicio de los hogares y empresas.

El Tribunal aprovechó la decisión para  recordar que la Superindustria es la Autoridad Nacional de Protección de la Competencia en el país, de conformidad con la Ley 1340 de 2009, y que tiene a su cargo la adopción de decisiones administrativas (en investigaciones o integraciones empresariales) encaminadas proteger la competencia en todos los sectores de la economía.

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