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Judicial

Usted podría pagar multas o perder su vehículo si no está al día con los impuestos

En los patios de Bogotá se calcula que hay un total de 37.000 vehículos, la mayoría en estado de abandono

06 de mayo de 2025

Santiago Rodríguez Morales


Alcaldía Bogotá
Canal de noticias de Asuntos Legales

Si usted desea continuar con el uso de su vehículo de forma tranquila, y sin ninguna preocupación, es importante que esté al día con los impuestos del mismo. En caso tal de no cumplir con estas obligaciones, usted se puede ver afectado y puede llegar al punto de perder su carro.

Aquí en Asuntos Legales le contamos un poco más sobre las cosas que debe tener en cuenta para evitar multas, recargos o hasta la inmovilización de su automóvil.

El pago del impuesto lo pude realizar a través de la página de Hacienda de Bogotá o, en su defecto, en cualquier entidad bancaria. En caso de que desee hacerlo de manera presencial, debe descargar su factura. Para esto, luego de ingresar al sitio web, debe ir a la sección de Trámites y servicios más consultados, allí deberá dar click en descarga/paga impuestos en 2025. Luego de esto, ingresa sus datos y los del vehículo. De esta manera, obtendrá su recibo de pago.

De acuerdo con el código de tránsito, si no realiza el pago del impuesto vehicular en el plazo máximo, que este año está fijado para el 25 de julio, la cuota por extemporaneidad será de 1,5% por mes sobre el valor a pagar del impuesto. Hay casos en los que las autoridades pueden imponer una multa fija por el incumplimiento. La sanción mínima aplicable para este año es de 7UVT, equivalente a $363.000.

Tenga en cuenta que su vehículo también puede ser inmovilizado por no estar al día con el pago. Según el código de tránsito, esto significa que suspenden parcialmente la circulación del vehículo. De esta manera, será llevado a los parqueaderos autorizados por las autoridades de tránsito competentes. Incluso usted puede ser multado con los costos que esto incurra, que son el traslado por medio de una grúa y el parqueadero.

Si se encuentra en proceso de renovar el Soat, traspasar su vehículo o la revisión tecno-mecánica, debe tener presente que mientras no haya realizado el pago del impuesto, ninguno de los trámites podrá realizarlos.

En casos extremos, el Estatuto Tributario declara que está permitido "decretar el embargo y secuestro preventivo de los bienes del deudor que se hayan establecido como de su propiedad". De esta manera se podrá embargar el vehículo para presionar al pago del mismo.

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