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  • Francisco Bernate Ochoa

jueves, 21 de junio de 2012

Una de las tantas perversidades del sistema penal acusatorio, es el que dentro del proceso penal todas las partes pueden intentar persuadir al Juez a través del empleo de pruebas practicadas a instancias suyas.

De esta manera, en tratándose de pruebas técnicas, por ejemplo, tanto la Fiscalía General de la Nación podrá acudir a sus laboratorios, como los particulares podrán hacerlo igualmente.

En el juicio, simplemente, se presentarán las visiones de los dos laboratorios, y será el Juez quien determine a quién le cree.

Esta cuestión ha tomado relevancia con ocasión del denominado caso de la muerte del jóven estudiante de la Universidad de Los Andes,Luis Andrés Colmenares, y del caso del ex diputado del Valle del Cauca, Sigifredo Espinosa, que se encuentra investigado por una posible colaboración con miembros al margen de la ley, en el asesinato de sus compañeros, procesos en los que abundan las pruebas técnicas, y en los que se ha planteado la necesidad de acudir a laboratorios internacionales para intentar acercarse a la verdad.

Pues bien, lejos está la opinión pública de suponer que tras esta cuestión se esconde una de las más grandes perversiones del sistema acusatorio, y es poner al Estado en clara desventaja frente a la defensa de quienes, contando con los recursos para ello, pueden acceder a laboratorios altamente especializados y que cuentan con mucha más experiencia y experticia que nuestros queridos laboratorios forenses en los órganos que cumplen funciones de Policía Judicial.

Pensemos en un caso de violación, o de homicidio, en los que las pruebas técnicas juegan un papel de altísima trascendencia, para permitir la verificación del hecho y establecer líneas posibles de investigación en punto de la autoría y la participación en el suceso.

En este caso, el Instituto Nacional de Medicina Legal, en el lugar de los hechos, tomará las pruebas del caso, y practicará sobre las mismas las pruebas a que haya lugar para esclarecer las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se presentaron los sucesos. Si estas pruebas permiten la identificación de un presunto responsable, y este cuenta con los recursos para ello, podrá solicitar la evaluación de la evidencia obtenida, o, incluso, podrá recaudar su propia evidencia y someterla al análisis del laboratorio de su predilección, dentro o fuera del país.

Será en el juicio, donde las partes, en igualdad de condiciones someterán ante el Juez cada uno su versión de los hechos. Supongamos entonces, que uno de nosotros ha de actuar como Juez en este caso. Por un lado, encontraremos al Instituto Nacional de Medicina Legal con su visión de los hechos, y, por el otro, un laboratorio internacional, con todas sus credenciales con otra versión de los mismos hechos. No hay que hacer un gran esfuerzo para comprender que el Estado se encuentra en clara desventaja dentro de estos procesos en estas condiciones, pues si bien la Fiscalía ha avanzado en la certificación de laboratorios forenses, es claro que no está en condiciones de competir con este tipo de institutos a nivel internacional.

Hemos sostenido hasta la saciedad que el Sistema Penal Acusatorio es un sistema discriminatorio, en el que solamente quienes tienen altos recursos tienen derecho a una defensa efectiva.

El resto de los colombianos, están condenados a formar parte de la fila de ciudadanos inocentes condenados, la cual crece día tras día, sin que nadie parezca ya asombrarse.

Antecedentes
No hay que hacer un gran esfuerzo para comprender que el Estado se encuentra en clara desventaja dentro de estos procesos en estas condiciones, pues si bien la Fiscalía General de la Nación ha avanzado en la certificación de laboratorios forenses, es claro que no está en condiciones de competir con este tipo de institutos a nivel internacional.

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