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viernes, 7 de diciembre de 2018

Es imposible estar de acuerdo con divulgación de noticias falsas o contenido ofensivo o injurioso a través de cualquier medio de comunicación. Sin embargo, como medidas para combatir esas prácticas en el mundo digital, no se debería afectar la dinámica propia de la sociedad de la información o la libertad de expresión, como podría suceder de llegarse a aprobar sin modificación el Proyecto de Ley No. 179 de 2018 del Senado que busca crear “normas de buen uso y funcionamiento de redes sociales y sitios web”.

Pretende proteger a personas de publicaciones abusivas, difamatorias, deshonrosas, injuriantes y calumniosas divulgadas a través de medios de comunicación digital o servicios o herramientas de publicación de contenido en internet; los últimos comprenden: plataformas de redes sociales, periódicos digitales, blogs, aplicaciones y cualquier medio que permita publicación de contenido. La amplia definición pareciera incluir, entre otros, la aplicación por donde se comunica con familia y amigos, la versión web del periódico, y todas aquéllas donde comparte información e imágenes.

Con buena voluntad se busca que las publicaciones abusivas no se perpetúen en la red. Para ello se impone a proveedores de servicios tomar acciones para interrumpir e impedir la difusión de publicaciones denunciadas como abusivas; es decir, que las supriman. Después de recibir la denuncia, el proveedor informará al MinTIC sobre su contenido y medidas tomadas. La eliminación de la publicación sin que medie orden judicial calificando la publicación de efectivamente abusiva.

El proyecto desconoce el funcionamiento de sociedad de la información; por un lado descarta exigibilidad para usuarios de términos y condiciones de servicios web y la utilización de canales de atención ya puestos a disposición para solicitar la supresión de publicaciones abusivas, y por otra parte, equipara a proveedores de servicios prestados sobre internet (como aplicaciones o plataformas digitales) con prestadores de servicios de telecomunicaciones al obligarlos a cumplir con Registro TIC. Esto último, en un sentido diferente al Proyecto de Ley de Modernización del Sector TIC del Gobierno Nacional.

Además, MinTIC deberá recibir y trasladar denuncias de publicaciones abusivas a proveedores, asesorar víctimas e imponer sanciones a proveedores que incumplan la ley. Lo último representa una inquietud mayor, ¿desea el Gobierno calificar una publicación como abusiva (injuriosa o calumniosa) sin que medie pronunciamiento judicial? Lo anterior es necesario para controlar y vigilar a proveedores y calificar si cumplieron o no con lo que ordenaría la ley.

Caben más reparos, como la utilización de sentencias anuladas en exposición de motivos o un posible trato discriminatorio a periodistas que ejercen su profesión por medios digitales versus quienes publican contenidos impresos. Si se pretende hacer accesible justicia a víctimas de contenidos abusivos, se podría considerar la descriminalización de injuria y calumnia como ocurre en otras latitudes, donde esas conductas primordialmente se discuten a través de acciones civiles para reparar el daño patrimonial.

De continuar su trámite, no se debe perder de vista que el proyecto podría impactar la dinámica del sector TIC. Ojalá se establezca una sola línea de proyectos legislativos en materia TIC, de manera que sociedad de la información continúe desarrollándose en beneficio de usuarios y con garantías a proveedores de servicios.