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martes, 7 de abril de 2020

La compleja situación que actualmente enfrentamos como humanidad no tiene precedentes al menos en tiempos recientes. Nos ha desafiado en todos los ámbitos de la vida; nos ha puesto en aprietos y, al mismo tiempo, nos fuerza a buscar nuevas oportunidades. En este actual contexto surrealista, el comercio electrónico y las aplicaciones para reunirse de forma virtual -por citar un par de ejemplos- se han vuelto de vital importancia para intentar algo de normalidad en los quehaceres diarios.

La administración de justicia es una actividad puesta a prueba en este momento. La crisis nos demuestra lo importante que es la virtualización del sistema judicial, como una manera de hacerla más eficiente, facilitar su acceso y hacerla más funcional frente a diversas contingencias, tal y como la que hoy enfrentamos. La justicia se encuentra hoy prácticamente paralizada, pese a que es un servicio público esencial; por supuesto, no sugiero que quienes trabajen en la rama judicial deban estar en las excepciones que el gobierno nacional dispuso al aislamiento preventivo, pero sí que es lamentable que esté funcionando de forma muy limitada pese a su importancia para mantener la tranquilidad social que necesitamos en estos momentos.

Sin lugar a duda, esto se debe a la procrastinación que ha tenido el uso de las nuevas tecnologías en la administración de justicia por diversas razones -para mí todas equivocadas-: ausencia de presupuesto adecuado, mayor atención a otros asuntos de la rama judicial, discusiones disfrazadas de garantismo que solo denotan temor al cambio del funcionamiento de la rama, etc.

En días anteriores a la publicación de esta columna, un despacho judicial intentó hacer una audiencia de juicio oral en un proceso penal en el que participo como defensor: sencillamente fue imposible por varias razones. En primer lugar, aparentemente la rama judicial cuenta hoy con un programa para hacer audiencias virtuales -sin ningún valor agregado de los varios disponibles para hacer teleconferencias, incluso gratuitamente- que ofrece dificultades constantes para su descarga y uso; en segundo lugar, me quedó la impresión de que el servidor tecnológico con que cuenta la rama judicial para soportar la realización y grabación de varias audiencias al tiempo no cuenta con la capacidad suficiente para asegurar estabilidad en la conexión de todos los intervinientes; y, en tercer lugar, es claro que hay muchas dudas y desconocimiento -en el algunos casos temor- sobre si la herramienta tecnológica dispuesta permite cumplir adecuadamente con todas las reglas del debate probatorio.

En fin, comenzando la segunda década del siglo XXI aún no tenemos digitalizada la administración de justicia: los fiscales no pueden acceder por Internet a las carpetas de sus investigaciones, hacer una audiencia virtual es una cuestión milagrosa y preferimos insistir en reformas a la justicia derrochadoras de titulares de prensa que ocuparnos de hacer eficiente el sistema judicial. La pandemia no sorprendió a la administración de justicia; sencillamente esta no está preparada para nada que se salga de ciertos patrones rígidos y tradicionales. Sin embargo, como se trata de ver las oportunidades, el Covid-19 tiene que servirnos para darnos cuenta de lo obvio: ¡nos urge una administración de justicia digital, no la aplacemos más!

Muchas de las reformas a las políticas públicas pendientes en el país se inspirarán en lo que ha visibilizado la pandemia y la justicia no puede ser la excepción. Sería imperdonable que vista la imperiosa necesidad de la justicia digital, las reforma a la justicia siga concentrándose solamente en la probidad de los magistrados de las altas cortes.