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miércoles, 8 de julio de 2020

Hemos revisado con detalle y discutido extensamente la nueva regulación colombiana en materia de insolvencia y estamos esperando regulación adicional en la materia.

Lo primero que debemos decir, es que resultan plausibles y valiosos los esfuerzos y medidas del Gobierno Nacional, en especial de la Superintendencia de Sociedades, de cuyo Superintendente, el Doctor Juan Pablo Liévano, tenemos las mejores referencias. También tenemos el gusto de conocer personal y profesionalmente a la Señora Superintendente Delegada de Procedimientos de Insolvencia, Doctora Susana Hidvegi, respecto de quien podemos dar fe de sus altísimas calidades.

En suma, los colombianos que enfrentan hoy problemas de insolvencia y, quienes los asesoramos todos los días para salir adelante, estamos al menos, en las mejores manos.

Entrando en materia, el Gobierno Nacional en la parte motiva de los Decretos 560 de 2020, presentó algunos escenarios sobre los cuales basó la nueva regulación, entre los cuales que cerca de 2.700 empresas, en su mayoría pequeñas y medianas, enfrentarían riesgo de insolvencia y deberían acudir a procesos concursales, con ocasión de una caída del PIB de 1,9%, lo que duplicaría en un solo año el número de los procesos que tramitaba en todo el país como consecuencia de la recesión económica.

Con base esas estimaciones iniciales, la primera preocupación que expresé en su momento en un foro público, fue que expertos económicos habían estimado ya que la caída del PIB podía llegar a ser incluso de hasta 9%, por lo que aplicando una sencilla regla de tres, nos preocupaba que la cifras podría ascender a cerca de 10.000 procesos de insolvencia adicionales.

Posteriormente, en el reciente Decreto 772 del 3 de junio de 2020, para determinar lo que pasará en el futuro cercano, la Superintendencia agregó cifras interesantes complementarias y quizá en reemplazo de los anteriores. Según comunicado del 21 de abril FEDESARROLLO que también hace parte de las consideraciones de la norma, habrá un decrecimiento del PIB entre -2,7% y -7,9%, y según informe citado del 30 de abril de 2020 de la propia Superintendencia, titulado “Actualización del Impacto de la Coyuntura del Coronavirus en la Economía Colombiana”, tomando una muestra de 16.000 sociedades vigiladas e inspeccionadas de las que reportan información financiera anual, se construyeron cuatro escenarios para determinar el riesgo de insolvencia: un escenario optimista con un PIB de 2%, un escenario moderado con un PIB de 0,6%, un escenario pesimista con un PIB de -1,9% y un escenario extremo con un PIB de -7,7%.

Así las cosas, bajo el escenario que la Superintendencia calificó de pesimista, que en mi opinión parecería ser el más razonable y realista de todos con base en los pronósticos económicos más actualizados, se pronosticó que el número de sociedades en riesgo de insolvencia sería de 2.676, y bajo el escenario extremo que, no parecería ser realmente extremo, esa cifra podría subir a 5.553.

Con lo anterior, que tiñe de algún dramatismo este primer comentario, quisiera expresar que a pesar que la nueva regulación del Gobierno en materia de insolvencia vaya en la dirección correcta y, resulte razonable en comparación con otras jurisdicciones (sin perjuicio de espacios de mejora que es imposible evitar), el fenómeno económico que viviremos y las consecuencias en esta materia no tiene precedentes en la historia reciente del país.

Quizá el último mensaje que quisiera dejar, y creo que esto es lo más importante aún para los más optimistas, es que debemos estar preparados para actuar rápidamente en el trámite de procesos de reorganización y liquidación cuando ello sea necesario y, en condiciones de determinar junto con nuestros clientes qué proceso seleccionar cuando llegue el momento adecuado.

Con el contexto anterior y este abrebocas, comienzo una serie de publicaciones que quisiera hacer sobre la nueva regulación.