En 1985, Agri Stats comenzó a prestar el servicio de benchmarking por suscripción al sector agroindustrial de alimentos cárnicos recopilaba información interna de sus clientes y la convertía en reportes comparativos. Con el tiempo, casi todos los grandes procesadores de pollo, cerdo y pavo del país se convirtieron en sus suscriptores.
El modelo operó bajo la política que la empresa denominó “give-to-get”: para obtener los datos d los competidores, se debían entregar los propios. Agri Stats los auditaba, los estandarizaba y los redistribuía entre los suscriptores semanalmente en reportes en donde aparecían precios, costos de producción, márgenes, niveles de inventario e información predictiva sobre la producción futura de cada suscriptor.
El 28 de septiembre de 2023 el Departamento de Justicia de Estados Unidos, y los estados de Minnesota, California, Carolina del Norte y Tennessee demandaron, ante el Distrito de Minnesota, a Agri Stats y adujeron que esa compañía había violado la Sección 1 de la Sherman Act al organizar y administrar un esquema anticompetitivo de intercambio de información entre procesadores de pollo, cerdo y pavo.
El DOJ alegó que la información compilada y compartida por Agri Stats permitió a los suscriptores subir precios sin la incertidumbre de perder ventas, porque sabían que sus rivales estaban leyendo los mismos datos y que los márgenes de los procesadores de pavo crecieron más de un 300% entre 2013 y 2016, en un período en que los costos de producción estaban bajando.
Esta conducta encaja en los denominados carteles “hub and spoke”: un agente central coordina el comportamiento de varios competidores sin que estos se comuniquen directamente entre sí.
Este esquema exige, además de la relación vertical entre cada procesador y Agri Stats, un componente horizontal entre los propios competidores —el denominado rim— que implica que cada participante sepa y acepte que los demás forman parte del mismo esquema.
Según el DOJ, el hecho de que Agri Stats publicara en cada reporte la lista completa de participantes, y los propios suscriptores condicionaran su adhesión a que sus competidores también estuvieran inscrito, era evidencia más que suficiente de la existencia de ese factor.
Llama la atención que, a pesar de que este tipo de carteles - que abarcan desde casos de fijación algorítmica de precios hasta esquemas de intermediación en sectores tan distintos como el corretaje de seguros, los insumos dentales y los instrumentos musicales- ya habían sido sancionados de manera drástica en Estados Unidos empresas como Agri Stats persistan en incurrir en este tipo de prácticas sin considerar los riesgos que ello implica.
Se espera que el caso vaya a juicio este 4 de mayo.
Al margen de lo anterior, este caso debe servir de motivo de reflexión para que las compañías de Benchmarking y quienes manejan y procesan datos de competidores adopten códigos de conducta y protocolos que les ayude a trazar los límites de lo que les está permitido hacer, y de lo que no, con esa información.
Se debe tener presente que toda actividad que implique procesar y manejar datos de competidores es un campo minado en el que hay que moverse con extrema cautela y cuidado.
Siempre se debe verificar que esta actividad no derive en una conducta de coordinación de precios, volúmenes o capacidades. Además, cuando estos datos alimentan algoritmos el riesgo aumenta: la automatización no elimina el problema, sino que puede volverlo más rápido, riesgoso, sistemático y, por tanto, más fácil de probar.
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